C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240311-21)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 247/2024, de 27 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 60

La actividad en materia de subvenciones de la Consejería de Sanidad se encuadra dentro del siguiente marco normativo:
— Normativa Estatal:
d Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Normativa de la Comunidad de Madrid:
d Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
d Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
d Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas.
— Disposiciones sobre la estructura orgánica:
d Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid.
d Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
d Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
d Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
d Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
Por último, con el fin de que la protección de la salud de los ciudadanos y todas las actuaciones llevadas a cabo por la Consejería de Sanidad garanticen el principio de equidad
recogido en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, este Plan Estratégico incorpora, entre otras medidas, la integración de la perspectiva de género como elemento constitutivo de las subvenciones. Ello permite evitar que se
financien proyectos que, por su falta de sensibilidad al género, puedan tener efectos negativos no intencionados.
4. Objetivos
El presente Plan Estratégico de Subvenciones pretende la consecución de los tres grandes objetivos prioritarios de la Comunidad de Madrid en este ámbito de actuación: el apoyo a entidades sin ánimo de lucro, colectivos de especial riesgo y corporaciones locales.
Se concreta en 9 líneas de subvención:
— Cinco por el procedimiento de concurrencia competitiva, incluidas en los objetivos 1 y 3.
— Cuatro subvenciones de concesión nominativa, incluidas en el objetivo 2.

Impulso y fomento de la actividad de aquellas asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que con sus proyectos contribuyan a humanizar la asistencia, fomentar la sensibilización de la sociedad y mejorar la asistencia socio-sanitaria y la atención de las patologías prevalentes o transcendentes, así como de los grupos sociales más vulnerables o
desfavorecidos.
Para su consecución se establecen cuatro convocatorias anuales de ayudas dirigidas a
asociaciones, fundaciones u organizaciones sin ánimo de lucro, que serán gestionadas por
los órganos competentes.
Órgano instructor: Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente:
— Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua

BOCM-20240311-21

Objetivo 1