Tres Cantos (BOCM-20240308-60)
Urbanismo. Estudio detalle
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 58

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE MARZO DE 2024

Pág. 215

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

TRES CANTOS
URBANISMO

EXPEDIENTE: 23PD0002. ESTUDIO DE DETALLE PARA LA ORDENACIÓN
DE LA PARCELA RC.26 DEL SECTOR AR NUEVO TRES CANTOS,
PROMOVIDO POR CP AMENÁBAR TRES CANTOS, S. L.
APROBACIÓN DEFINITIVA.
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión celebrada el 5 de enero
de 2024, ha adoptado el acuerdo número 2/2024, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“… 1. Aprobar definitivamente el estudio de detalle para la ordenación de la parcela RC.26 del Sector AR Nuevo Tres Cantos (documento aportado el 9 de enero de 2024 (RE
número 564/2024).
2. Notificar el acuerdo de aprobación definitiva al titular del expediente, a FC y C, S. L.,
así como al Servicio de Licencias y Disciplina, al Área de Servicios Técnicos de Urbanismo y
al Área de Servicios Económicos.
3. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la Consejería competente.
4. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haber procedido a su depósito conforme al punto anterior, así como la documentación normativa para su entrada en vigor
5. Expedir una certificación del acuerdo que se adopte para su incorporación al expediente”.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de
la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.
Se adjunta como anexo la documentación normativa. Los planos pueden ser consultados en el siguiente enlace: https://web.trescantos.es/publicacion/estudios-de-detalle/
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con el artículo 46 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

El presente Estudio de Detalle de la parcela RC.26 propone la modificación de las áreas
de movimiento y las alturas de la edificación. Todo ello sin variar en ningún caso los parámetros asignados por el Plan Parcial y la Modificación puntual de la “Cláusula de Flexibilidad en Apartamentos” del ámbito para la totalidad de la parcela en cuanto a superficie de
suelo, edificabilidad total de cada uso, número máximo de viviendas, usos y ordenanzas de
aplicación y recogiendo a su vez las especificaciones del Plan Especial para la Definición y
Ordenación de ejes comerciales.
En la propuesta del Estudio de Detalle el uso comercial responde además al contenido
del Plan Especial para la Definición y Ordenación de ejes comerciales; en cuanto a posición, retranqueo, altura y fondos edificables previstos en planta baja.
Se proponen tres áreas de movimiento con una altura de VIII plantas, retranqueadas pero
alineadas longitudinalmente con las calles que delimitan la parcela, avenida de Madrid, calle

BOCM-20240308-60

DOCUMENTACIÓN NORMATIVA