Madrid (BOCM-20240307-25)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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JUEVES 7 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 57

to 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el
entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
b. Se llevará a cabo una monitorización continua de las emisiones acústicas, con evitación de procedimientos innecesariamente ruidosos y limitación al periodo Día
de las acciones más ruidosas.
c. Durante las obras, tomar, en la medida de lo posible, las precauciones necesarias
para minimizar el impacto acústico sobre las edificaciones y usos consolidados
próximos, principalmente:
d. Evitar los trabajos en horario nocturno (de 23h a 7h), más aún si requieren del uso
de maquinaria o de circulación de vehículos pesados, controlando, en todo caso
que los niveles transmitidos cumplan con las limitaciones normativas
(RD1367/2007 y OPCAT).
e. Todos aquellos trabajos que no requieran realizarse en un sitio concreto y que sean
fuentes potenciales de ruido, como descarga de materiales, elaboración de los elementos constructivos, acopio de materiales, trabajos auxiliares, etc., deberán realizarse lo más alejados posible de las zonas habitadas.
f. Cuando resulten eficaces y puedan ser necesarias, emplear pantallas acústicas móviles para atenuar la propagación del ruido hacia los usos sensibles más expuestos
en cada fase de obra.
2.11. Contaminación lumínica.
Durante los trabajos de urbanización y construcción que se realicen tras la puesta del
sol y que requieran de iluminación específica se aplicarán criterios de eficiencia similares
a los mencionados en el punto anterior para el alumbrado urbano, en cualquier caso evitando la dispersión hacia el plano superior o hacia entornos residenciales o masas arboladas
cercanas.
2.12. Producción y gestión de residuos:
a. La gestión de los residuos de construcción y demolición se realizará de modo conforme a la base normativa actual, destacando el Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de este tipo de residuos.
b. Se atenderá, en particular, al Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (Orden 2726/2009) incorporado al Proyecto de demolición del centro
comercial y proyectos edificatorios.
c. Se realizará un reconocimiento de los emplazamientos para residuos con anterioridad al inicio de las obras, prestando especial atención a la idoneidad de las áreas
donde pudiera existir mayor acumulación.
d. Se delimitará en obra la zona destinada a la clasificación y acopio de residuos.
e. Se fomentará el empleo de materiales reciclados y reciclables y el uso de técnicas
constructivas que permitan el reciclaje, desmontaje y reutilización de residuos,
minimizando los volúmenes con destino a vertedero.
f. Todos los residuos inertes generados en el desarrollo de la fase de obras se gestionarán en un vertedero autorizado, debiendo tener lugar todas las labores de mantenimiento de la maquinaria en talleres acondicionados para ese fin con objeto de
evitar riesgos de posible contaminación en la zona.
g. El volumen de tierras sobrantes consideradas residuos de construcción y demolición según la Ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid (residuos de
naturaleza fundamentalmente inerte generados en obras de excavación y nueva
construcción) que tras su reutilización en la adecuación del ámbito deberá cumplir
lo dispuesto tanto en la normativa de aplicación.
3. Recomendaciones para la gestión urbana del ámbito tras su entrada en carga – fase
de uso.
3.1. Medidas generales o transversales.
Se deberá realizar una conservación y mantenimiento preventivo adecuados de los espacios públicos, las edificaciones, las infraestructuras y los elementos nuevos elementos urbanos, minimizando tanto las futuras necesidades de rehabilitación, reparación o sustitución como la alteración de su calidad, sus características físicas y visuales o su eficacia de
funcionamiento a lo largo de su vida útil y, al final de esta, procurando en lo posible su recuperación, valorización, reutilización o reciclaje, según el caso.

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