Galapagar (BOCM-20240307-39)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno
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B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MARZO DE 2024

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b) La resolución de las peticiones de acceso a la información presentadas por los
miembros de la Corporación, de acuerdo con el artículo 77 de la LBRL y los artículos 14 y siguientes del ROF.
c) La aprobación y formalización de los convenios que firme el Ayuntamiento con
entidades de derecho público, así como sujetos de derecho público; y sujetos de
derecho privado con capital mayoritario público.
d) La competencia para la asignación de funciones distintas o complementarias a los
puestos de trabajo del Ayuntamiento reservados a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con el artículo 6 del
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
e) La resolución de los recursos de reposición contra las resoluciones dictadas en
ejercicio de las delegaciones establecidas en este Decreto, de conformidad con el
artículo 115 de la LBRL.
f) El nombramiento y cese del personal eventual, de conformidad con el artículo 104.2 de la LBRL.
g) La formación y remisión al Pleno del Presupuesto General y sus Anexos, así como
de sus modificaciones mediante créditos extraordinarios o suplementos de crédito, de conformidad con los artículos 168 y 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
h) La incoación de procedimientos para modificar o crear nuevas Ordenanzas o
Reglamentos.
i) La cesión a otras Administraciones Públicas o entidades de Derecho Público de
bienes y espacios de titularidad municipal, cuando las leyes determinen que la cesión es competencia de la Alcaldía.
Noveno.—Las referencias que contiene esta resolución a concretos preceptos de normas se entenderán hechas de manera automática a los preceptos de las normas que las modifiquen o sustituyan.
Décimo.—Esta resolución será efectiva desde el día de su firma y será hecha pública
mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y en el tablón edictal, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del ROF.
Asimismo, esta resolución será notificada para su aceptación a los Tenientes de Alcalde y
Concejales Delegados, haciéndoles saber que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114
del ROF, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles
contados desde la notificación no realizan ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
Undécimo.—De esta resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que tenga lugar, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 38 del ROF.
Duodécimo.—Infórmese a los interesados de que, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 52.2 de la LBRL, esta resolución pone fin a la vía administrativa; y de que contra esta resolución se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que se deberá presentar dentro del
plazo de un (01) mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique
la resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b) Un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que se deberá presentar en el plazo de
dos (02) meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA).
No obstante lo anterior, podrán interponer cualquier reclamación o recurso que estimen
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 26 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Carla I. Greciano
Barrado.
(03/3.147/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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