C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240307-7)
Módulos convenio colaboración –  Orden 478/2024, del 23 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y Entidades Locales e Instituciones Públicas para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, Sedes de Equipos de Atención Temprana y Sedes de Direcciones de Zonas de Casas de Niños y a los contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MARZO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 478/2024, del 23 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables
a los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y Entidades Locales e Instituciones Públicas para
el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, Sedes de Equipos de
Atención Temprana y Sedes de Direcciones de Zonas de Casas de Niños y a los
contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso
escolar 2024-2025.

El Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación infantil en la Comunidad de Madrid establece en
sus artículos 4 y 8 que la Consejería competente en materia de educación establecerá anualmente mediante orden los módulos de financiación para el funcionamiento de los Centros
de la Red Pública de Educación Infantil, ya sean Escuelas Infantiles o Casas de Niños, sujetos a este régimen económico.
Por ello, procede establecer para el curso escolar 2024-2025 las cuantías aplicables a
los citados módulos de financiación.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO

Segundo
Módulos de financiación
1. Para el curso escolar 2024-2025 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
— Módulo centro: 46.970,70 euros.
— Módulo plaza escolar 0-1 años: 7.631 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 1-2 años: 4.362 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2-3 años: 3.052 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2º ciclo: 2.441 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza horario ampliado: 235 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso escolar 2024-2025 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
— Módulo centro de 1-2 unidades: 24.721 euros.
— Módulo centro de 3-4 unidades: 18.541 euros.
— Módulo centro de 5-6 unidades: 12.361 euros.
— Módulo centro de 7 o más unidades: 6.180 euros.
— Módulo plaza: 1.545 euros por plaza ocupada.
— Módulo complementario por plaza ocupada con extensión de servicio: 1.308 euros
por plaza ocupada.

BOCM-20240307-7

Primero
Ámbito de aplicación
Esta Orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de
Madrid y las Entidades Locales e Instituciones Públicas de la región para el funcionamiento
de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el
modelo de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos establecidos por las entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de los centros
de su titularidad cuya financiación esté por sus propios términos sujeta a la presente Orden.