D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240307-22)
Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Asociación Generando Realidades, para ayudar y acompañar a personas y a grupos vulnerables en un proceso de auto indagación que les apoye en la definición de sus objetivos vitales y en la elaboración de un plan de acción que les ayude en su consecución
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MARZO DE 2024

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Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
a) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
b) Cuando cualquiera de las partes decida resolver de manera anticipada el presente
convenio, siempre que notifique de manera fehaciente con un mes de antelación a
la otra parte su intención de rescindir el convenio.
c) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
En caso de incumplimiento de alguna de las partes no se exigirá indemnización de ningún tipo de ninguna de las partes
Décima
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo regulado de conformidad con
lo dispuesto en el capítulo VI, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad
de Madrid, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en
virtud de lo dispuesto en su artículo 6, así como a las normas generales de derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Decimoprimera
Jurisdicción
La Comisión de Vigilancia, Seguimiento y Control será el órgano competente para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse durante la vigencia del convenio. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre su interpretación o
cumplimiento se someterán a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Madrid, a 16 de febrero de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención
Social, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Presidenta de la Asociación Generando
Realidades, Beatriz García de La Rosa Expósito.
ANEXO I
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
La Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid tendrá la consideración de Responsable del tratamiento y la Asociación Generando Realidades tendrá la consideración de
Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará
como una cesión o comunicación de datos.

BOCM-20240307-22

Responsable y encargado del tratamiento