Alcobendas (BOCM-20240305-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico pleno
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BOCM
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE MARZO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 55
BOCM-20240305-61
Modificar el apartado cuatro A) del artículo 56, con la siguiente redacción:
“4. El personal que corresponde a los grupos será el siguiente:
A) Grupos de la oposición:
1. Asesores: Un asesor por cada grupo municipal.
2. Administrativos:
— Un administrativo por cada grupo municipal integrado por dos o más
concejales y otro más por cada 10 concejales del mismo”.
Alcobendas, a 22 de febrero de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/2.996/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 55
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Modificar el apartado cuatro A) del artículo 56, con la siguiente redacción:
“4. El personal que corresponde a los grupos será el siguiente:
A) Grupos de la oposición:
1. Asesores: Un asesor por cada grupo municipal.
2. Administrativos:
— Un administrativo por cada grupo municipal integrado por dos o más
concejales y otro más por cada 10 concejales del mismo”.
Alcobendas, a 22 de febrero de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
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