Alcobendas (BOCM-20240305-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 230

MARTES 5 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 55

2. Realizar la gestión de asuntos que requieran su intervención directa, así como
resolver los planteados por sus colaboradores.
3. Evaluar y adecuar los recursos humanos a las cargas de trabajo existentes y asignar tareas a sus colaboradores.
4. Suplir la ejecución de tareas de las personas adscritas al Servicio, en caso de
ausencia de estas.
5. Despachar periódicamente con su superior jerárquico/a aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión, dar cuenta de su trabajo y proponer iniciativas.
6. Emitir informes técnicos y establecer las oportunas relaciones con el personal técnico/a y/o jurídico/a correspondiente para elaborar documentos o determinar aspectos que
requieran apoyo jurídico.
7. Colaborar con su superior jerárquico/a en el desarrollo de la programación del servicio.
8. Llevar a cabo la ejecución de la programación asignada por el responsable de la misma.
9. Realizar el seguimiento de la tramitación de expedientes de su oficina.
10. Establecer las oportunas relaciones con otras áreas y departamentos.
11. Atender e informar al público.
Base 5.a

Publicidad de la convocatoria

Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID así como extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Todas las publicaciones del proceso selectivo se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.
DE

Base 6.a

Solicitudes. Plazo y forma de presentación

Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace
https://alcobendas.convoca.online/ seleccionando la Convocatoria “PT 2024-004 Un puesto de responsable de Oficina de Estructura” adscrito a la Dirección General de Gestión de
Talento, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la
FNMT y/o Cl@ve.
En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará la documentación
necesaria, que acredite los méritos alegados por cada aspirante, salvo la que ya obre en poder de la Dirección General de Gestión de Talento del Ayuntamiento de Alcobendas.
También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la convocatoria, desde el enlace https://alcobendas.convoca.online/ , se adjuntarán
obligatoriamente los justificantes, certificados y demás documentos que acrediten los méritos
alegados por las personas aspirantes para su valoración, tal y como se indica en la base 8.a.
No se aceptarán ni solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de
acuerdo con lo expuesto anteriormente, a excepción de que, en el caso de la documentación
obrante en la Dirección General de Gestión de Talento, se detecte que no se ha tenido en
cuenta alguna documentación, en cuyo caso podrá aportarse durante el período de alegaciones a las puntuaciones provisionales.
El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos
exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios y
en la Intranet Municipal de este Ayuntamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Admisión

Relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas: Expirado el plazo
de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada
la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. Esta se hará pública en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la Intranet Municipal y en la propia convocatoria
https://alcobendas.convoca.online/
Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de personas admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución, a fin de subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

BOCM-20240305-62

Base 7.a