Villarejo de Salvanés (BOCM-20240304-79)
Organización y funcionamiento. Ordenanza urbanismo y actividades
27 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 294

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 54

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Interpretación y desarrollo de la ordenanza
El alcalde, la Junta de Gobierno o el Concejal Delegado, en su ámbito competencial
respectivo, dispondrán de la competencia para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la ordenanza, así como para aprobar los acuerdos, decretos y resoluciones complementarios que sean necesarios para el desarrollo y cumplimiento de la presente ordenanza, que no podrán tener carácter normativo.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
TÍN

La ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ANEXO I

1. La realización de actos de uso del suelo y edificación que requieran proyecto técnico de obras de edificación de acuerdo con el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
2. Las actuaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, cuando voluntariamente lo solicite el interesado.
3. Las actuaciones previstas en la Ley 2/2012 de 12 de junio, de Dinamización de actividad comercial de la Comunidad de Madrid, que afecten a inmuebles declarados como
Bienes de Interés Cultural con declaración individualizada, a los bienes incluidos a título individual en el inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, así como a los
inmuebles catalogados dentro del nivel de máxima protección en el planeamiento urbanístico
aplicable, salvo que en los mismos ya se viniera desarrollando alguna actividad de las recogidas en el apartado 2, siempre y cuando no se afecten los elementos protegidos.
4. Las actuaciones sobre edificaciones catalogadas que tengan carácter parcial y
afecten, para alterarlos o modificarlos, a los elementos o partes objeto de protección.
5. Los actos de parcelación, segregación y división de terrenos, en cualquier clase de
suelo, salvo cuando formen parte de un proyecto de reparcelación debidamente aprobado.
6. Los movimientos de tierra, excavaciones, explanaciones y terraplenado en cualquier clase de suelo cuando no formen parte de un proyecto de urbanización o edificación
autorizado.
7. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes, en cualquier clase de suelo.
8. Las talas y el trasplante de árboles, de masas arbóreas o de vegetación arbustiva.
9. Las demoliciones de construcciones y edificaciones existentes, en los casos que
dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada
a través de norma legal o documento urbanístico.
10. La instalación de torres de ascensores en el exterior de edificios construidos de
uso residencial, carentes de instalación de ascensor o que dispongan de ascensor que no reúna las condiciones de accesibilidad, ocupando ámbitos de zona verde o de vía pública.
11. La implantación de usos y construcciones de carácter provisional.
12. Las actuaciones en edificios en situación de fuera de ordenación o asimilados y
las actuaciones posibles en infracciones urbanísticas que aún no cuenten con la resolución
de su prescripción.
13. La implantación o modificación de actividades sometidas a algún procedimiento
de control ambiental de conformidad con la legislación sectorial de aplicación, con excepción
de las siguientes actividades que por su escasa repercusión ambiental no lo precisan:
1. Las tiendas de fotocopias y/o impresión electrónica.
2. Instalaciones base de telefonía que operen con radiofrecuencia, de menos de 300 m2.
3. Los talleres de reparación de maquinaria, en los que no se produzcan residuos peligrosos como, entre otros: aceites usados, fluorescentes, pilas, baterías, pinturas, barnices, pegamentos, sellantes, ni aguas contaminadas con aceites o refrigerantes. Tampoco se incluirán los talleres de reparación de artículos eléctricos para el hogar.

BOCM-20240304-79

ACTUACIONES SUJETAS A LICENCIA