C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240304-23)
Acreditación competencias profesionales –  Resolución conjunta de 21 de febrero de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid
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BOCM

LUNES 4 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 54

ANEXO I
TITULACIONES QUE PERMITEN OBTENER LA ACREDITACIÓN
PARA IMPARTIR EL CURRÍCULO DE INGLÉS AVANZADO
Los candidatos que cuenten con titulaciones oficiales de máster o doctorado cursados
en lengua inglesa en los campos que a continuación se detallan podrán obtener la acreditación previa solicitud:
— Estudios literarios en lengua inglesa.
— Estudios relacionados con la cultura de países de habla inglesa.
— Estudios sobre lingüística inglesa.
— Estudios sobre metodología aplicada al inglés.
— Estudios en traducción e interpretación en lengua inglesa.
Tanto el Trabajo de Fin de Máster (TFM) como la tesis doctoral habrán tenido que ser
escritos y defendidos en inglés.
La validez de los títulos aportados a efectos de la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés avanzado estará supeditada al informe favorable de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Requisitos (documentación complementaria):
— En el caso de las titulaciones obtenidas en España, se deberá adjuntar una fotocopia del programa de estudios y de la certificación académica.
— En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras, los aspirantes
deberán entregar una traducción jurada del título, del plan de estudios y de la certificación académica.
— No será válido, para obtener la acreditación para impartir el currículo de Inglés
Avanzado, el título oficial de Máster Universitario que habilita para el ejercicio de
las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas a que se refieren los
artículos 94 y 100.2 de la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
ANEXO II
ESCRITO-MODELO DE ALEGACIONES CONTRA LA RELACIÓN
PROVISIONAL DE CANDIDATOS QUE SUPERAN EL PROCEDIMIENTO
DE ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR EL CURRÍCULO
DE INGLÉS AVANZADO EN LOS INSTITUTOS BILINGÜES
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D./D.a DNI:
Comisión Evaluadora número:
Día de la prueba:
Título de la unidad didáctica:
De conformidad con lo establecido en la base duodécima de la Resolución conjunta
de 21 de febrero de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por
la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el
currículo de inglés avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, los interesados podrán presentar alegaciones contra la relación provisional
de candidatos que superan el procedimiento en el mismo lugar donde realizaron la prueba,
en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación. Las alegaciones dirigidas al Presidente/a de la Comisión Evaluadora se harán por escrito y concretarán los motivos de las mismas.
Se expone, a la atención del Presidente/a de la Comisión Evaluadora que:
Se solicita:
En Madrid, a
Firmado:

BOCM-20240304-23

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