A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240301-1)
Incremento retributivo personal sector público –  Acuerdo de 28 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aplica el acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 52

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ACUERDO de 28 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
aplica el acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que
se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al
servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2.b)
de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para 2023.

La Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2024 dispone en su artículo 21.2 que las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid no podrán experimentar un
incremento global respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a los efectivos
de personal, como a la antigüedad del mismo.
No obstante lo anterior, el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada hasta la aprobación de los presupuestos generales del Estado para 2024, establece la posibilidad de que, si el incremento
del PIB nominal en el año 2023 iguala o supera el estimado por el Gobierno en el cuadro
macroeconómico que acompaña a los Presupuestos Generales del Estado, se aplique un
aumento retributivo complementario del 0,5 por ciento respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 y con efectos de 1 de enero de 2023. Una vez publicados por
el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos de avance del PIB de 2023, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
Con fecha 31 de enero de 2024, el Instituto Nacional de Estadística ha certificado que
el crecimiento del PIB nominal en el año 2023 fue de un 8,6 %, y la previsión del Gobierno incluida en el cuadro macroeconómico que acompañó a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, recogía un PIB nominal del 6 %. Por tanto, el Consejo de Ministros en su reunión de 6 de febrero de 2024, ha aprobado el incremento del 0,5 por ciento en
las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en
el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, citada, habiéndose publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 8 de febrero de 2024, por Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
La disposición adicional decimonovena de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, establece en su
apartado 1, que la aplicación de las normas de la presente Ley se adecuará en las materias
afectadas a las disposiciones que con carácter básico se dicten por el Estado y en especial
las relativas a incremento retributivo.
Por lo anterior, la Comunidad de Madrid, procede a la aplicación del incremento
del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio de su sector público, con
efectos de 1 de enero de 2023, coincidente con el límite de los máximos porcentajes establecidos a esos efectos por dicha normativa básica estatal, extendiéndose la percepción del
nuevo incremento aprobado, con efectos de 1 de enero de 2024, a los Altos Cargos de la
Comunidad de Madrid y al resto del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, con la limitación prevista en el artículo 21.10 de la Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para el año 2024, que exceptúa a la Presidenta de la Comunidad de Madrid de la aplicación de los incrementos retributivos que con carácter básico dicte el Estado.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado 2 de la disposición adicional decimonovena de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, con el objeto de aplicar lo dispuesto en el Acuerdo

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