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Convenio –  Convenio de 13 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de prácticas, curriculares y extracurriculares, por parte de los alumnos del Máster de Formación Permanente en Gestión de la Industria Cinematográfica
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE MARZO DE 2024

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tanto a las competencias genéricas como a las específicas, previstas en el correspondiente proyecto formativo:
a) Capacidad técnica.
b) Capacidad de aprendizaje.
c) Administración de trabajos.
d) Habilidades de comunicación oral y escrita. En el caso de estudiantes con discapacidad que tengan dificultades en la expresión oral, deberá indicarse el
grado de autonomía para esta habilidad y si requiere de algún tipo de recurso
técnico y/o humano para la misma.
e) Sentido de la responsabilidad.
f) Facilidad de adaptación.
g) Creatividad e iniciativa.
h) Implicación personal.
i) Motivación.
j) Receptividad a las críticas.
k) Puntualidad.
l) Relaciones con su entorno laboral.
m) Capacidad de trabajo en equipo.
n) Aquellos otros aspectos que se consideren oportunos.
Todo ello sin perjuicio de la remisión, si así le es solicitado, de un informe intermedio de seguimiento, una vez transcurrida la mitad del período de duración de
las prácticas. Sin perjuicio de lo anterior el Tutor deberá, a la hora de realizar los
Informes, atender a los criterios que, en su caso, puedan estar establecidos por la
Universidad.
— Informar al tutor académico de las modificaciones y de cualquier incidencia que
pueda producirse durante las prácticas.
La Universidad Carlos III de Madrid, a través del Máster de Formación Permanente en
Gestión de la Industria Cinematográfica, reconocerá por escrito la labor realizada por el/la
Tutor/a de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid.
Novena
Los/as alumnos/as de la Universidad Carlos III durante el período en el que realicen
sus prácticas quedarán acogidos por un seguro de accidentes por cuenta de la misma.
Décima
A la finalización de las prácticas la entidad colaboradora la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, expedirá un certificado en el que se reconozca al alumno/a el tiempo de prácticas realizado y el contenido básico de las mismas.
Decimoprimera
A lo regulado en este convenio podrán acogerse o beneficiarse para la realización de
las prácticas el número de alumnos/as que de común acuerdo determinen ambas partes,
mediante la suscripción por las mismas del anexo I al que se refiere la cláusula cuarta.

La Universidad Carlos III de Madrid se reserva la facultad de revocar, para un/a determinado/a alumno/a o grupo de alumnos, la participación en el convenio por el incumplimiento
de las cláusulas establecidas en el mismo.
Así mismo, podrá darse como finalizadas las prácticas de un/a alumno/a o grupo de
alumnos, cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias: cese de actividades de
cualquiera de las partes, fuerza mayor que impida el desarrollo de las actividades programadas, mutuo acuerdo entre las partes intervinientes.
Decimotercera
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, rela-

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