Madrid (BOCM-20240227-44)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 49

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Expediente 135-2022-03438.
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL 03.326
PARA LAS PARCELAS SITUADAS EN LA CALLE DE CARLOS
Y GUILLERMO FERNÁNDEZ SHAW NÚMEROS 3 Y 5. DISTRITO DE CENTRO
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2023,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente la modificación de Plan Especial 03.326 para las
parcelas situadas en la calle de Carlos y Guillermo Fernández Shaw, números 3 y 5, distrito de Centro, promovida por Viviendas Brosh S. L., de conformidad con lo establecido en
el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en
relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
BLOQUE V.—NORMATIVA URBANÍSTICA
Capítulo 1
Determinaciones de la ordenación pormenorizada
1.1. Disposiciones generales

a) Es una ordenación de las determinaciones pormenorizadas aplicables en el ámbito
constituido por las parcelas situadas en los números 3 y 5 de la calle Carlos y Fernández Shaw del término municipal de Madrid con 3431306VK4733A0001MX
y 3431307VK4733A0001OX respectivamente.
b) Es dependiente y derivado, y se somete por tanto al planeamiento de rango superior constituido por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, de 1997,
aprobado definitivamente el 17 de abril de 1997 por el Consejo de Obras Públicas,
Urbanismo y Transporte de la Comunidad de Madrid y publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de abril de 1997, así como sus modificaciones, instrucciones e interpretaciones posteriores.
c) Es inmediatamente ejecutivo, una vez se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el acuerdo de aprobación definitiva y la presente Normativa
Urbanística, de conformidad con lo previsto en los artículos 64 a 66 de la LSCM.

BOCM-20240227-44

Artículo 1. Objeto, Naturaleza y características.—1. El objeto de la presente Modificación de Plan Especial es establecer las condiciones específicas de ordenación, derivadas de las NNUU del Plan general de Ordenación Urbana de Madrid, para el desarrollo conjunto de un uso residencial en el ámbito definido de aplicación.
2. La presente Modificación de Plan Especial tiene las siguientes Características: