Colmenar Viejo (BOCM-20240227-59)
Organización y funcionamiento. Reglamento Centros Personas Mayores
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 49

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Aprobación definitiva y publicación del texto íntegro del Reglamento y Estatutos de
los Centros Municipales para personas mayores del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
El Pleno de la Corporación aprobó inicialmente, en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2023, el Reglamento y Estatutos de los Centros Municipales para personas mayores
del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el expediente estuvo expuesto a información pública y audiencia de los interesados durante el plazo de treinta días, contados a partir del día
siguiente a la inserción del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de 2 de enero de 2024, plazo durante el que los interesados han podido examinarlo y presentar las reclamaciones y sugerencias que hayan estimado oportunas.
Al haber transcurrido el plazo anteriormente expresado y no haberse presentado
ninguna reclamación ni sugerencia, de conformidad con el citado artículo 49, se entiende definitivamente aprobado el Reglamento y Estatutos de los Centros Municipales para
personas mayores del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
REGLAMENTO Y ESTATUTOS DE LOS CENTROS MUNICIPALES
PARA PERSONAS MAYORES DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
PREÁMBULO

— Principio de necesidad: tras varios años sin actualizar el reglamento, se ha observado la necesidad de ajustar la normativa a la existencia de varios Centros de Mayores, así como al cada vez mayor volumen de participantes en las actividades de
mayores.
— Principios de eficacia y eficiencia: se ha considerado que el presente documento
es el instrumento más adecuado para la finalidad que se persigue, que es la de regularizar un protocolo de gestión de los Centros de Mayores.
— Principio de proporcionalidad: en base a este criterio se valora que el procedimiento se ha desarrollado buscando la simplicidad en la gestión y la agilidad de
los procedimientos, siendo este el documento menos restrictivo posible.
— Principio de seguridad jurídica: para su elaboración se han tenido en cuenta las
previsiones de la Ley de Igualdad en materia de órganos de representación y se
han modificado y ampliado otros artículos en aras de optimizar la gestión de los
Centros y Servicios que se prestan a los ciudadanos adaptándolo a una sociedad
cambiante, todo ello de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente y normativa
europea.
— Principio de transparencia: la gestión y tratamiento del actual reglamento se ha
realizado en coordinación con la Junta Directiva del Centro de mayores, a fin de
que sean los mayores, a través de sus representantes los principales actores en la
gestión de los servicios. Asimismo, todo el procedimiento ha estado abierto al resto de población y actores sociales del municipio.

BOCM-20240227-59

El funcionamiento de los Centros Municipales para Personas Mayores del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, viene regulado por el actual “Reglamento de Régimen Interior del Centro de la Tercera Edad de Colmenar Viejo (Madrid)”. Como cualquier norma,
necesita la adaptación y actualización a la nueva realidad social de la ciudad de Colmenar
Viejo, por lo que el presente reglamento se ha adecuado teniendo en cuenta el artículo 129 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A este respecto se observan los siguientes principios de buena actuación: