Venturada (BOCM-20240226-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE FEBRERO DE 2024

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por las Universidades, Colegios Oficiales y Sindicatos, o bien por cualquier organismo público o privado así como los impartidos por Centros Oficiales reconocidos por
el Ministerio de Educación y Ciencia, que se acrediten mediante título, diploma o
certificación que exprese la duración de los cursos, con una puntuación máxima de
hasta 1 punto, se valorarán:
i. Hasta 50 horas: 0,5 puntos.
ii. De 51 a 100 horas: 0,75 puntos.
iii. Más de 100 horas: 1 punto.
En los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados.
Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma,
título o certificado.
d) Otros méritos: se valorará con un máximo de 1 punto los méritos específicos, relacionados con el puesto a cubrir y valorados con arreglo a la siguiente escala:
i. Curso de Procedimiento Administrativo Electrónico: 0,5 puntos.
ii. Curso de Plataforma de Contratación del Sector Público: 0,5 puntos.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios y sede digital del Ayuntamiento de
Venturada de la calificación provisional de la fase concurso, para formular las alegaciones
que estimen pertinentes.
Concluida la fase de concurso, el Tribunal Calificador hará pública la relación de aspirantes con indicación de la puntuación obtenida mediante Anuncio insertado en el tablón
de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento de Venturada.
7. Calificación del proceso selectivo
El presente proceso selectivo, convocado a través del sistema de concurso-oposición,
se valorará de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la media aritmética de
la calificación obtenida en la fase de oposición y la calificación obtenida en la fase de concurso, estableciéndose la siguiente ponderación:
(OP × 0,60) + (CON × 0,40)
7.1. Calificación de la fase de oposición: la puntuación de esta fase no podrá superar
el 60 por 100 de la suma de la fase de concurso y de la fase de oposición.
7.2. Calificación de la fase de concurso. La puntuación de esta fase será el resultado
de sumar las puntuaciones obtenidas en base a los diferentes méritos valorables, sin que la
puntuación de esta fase pueda superar el 40 por 100 de la suma de la fase de concurso y de
la fase de oposición.
En caso de empate, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según
el orden establecido:
— Quien más puntuación obtenga en servicios prestados en el puesto de trabajo en el
Ayuntamiento convocante (apartado 6.B.1.a).
— Quien tenga un curso relacionado con derechos y deberes de la ciudadanía ante la
e-administración (apartado 6.B.2.c.i).

8. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal
Concluida la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento de Venturada la relación de aprobados por el orden de puntuación obtenida, sin que pueda el Tribunal proponer más aprobados que el número de plazas convocadas, con indicación del número de documento de identidad, la
puntuación obtenida en la fase de concurso oposición siendo la definitiva del proceso selectivo, teniendo en cuenta si fuera preciso el criterio de desempate.

BOCM-20240226-58

De persistir el empate se dirimirá en favor del aspirante que en la actualidad mantenga un contrato de trabajo temporal en vigor de la plaza ofertada.
La calificación final será obtenida conforme la fórmula señalada, siendo necesaria una
puntuación mínima de 5 para considerar aprobado el proceso selectivo.