Madrid (BOCM-20240223-43)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 46

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Aprobación de la rectificación de los errores materiales, de hecho y aritméticos, detectados en la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación de
Madrid de 1997.—Expediente 135-2021-00796.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2024,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Rectificar los errores materiales, de hecho y aritméticos, detectados en los
documentos de la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación
Urbana de Madrid de 1997, relativos a la unidad de medida aplicada a la anchura contenida
en el apartado 2 del artículo 7.3.6; la duplicidad en el texto de la disposición derogatoria única y su posición y a la errata de trascripción en las páginas 113 y 148 del BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 282, el 27 de noviembre de 2023, descritos en el
informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 15 de enero de 2024 y recogidos en el anexo adjunto a este acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 bis
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito en el registro
administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística del modo
establecido en los artículos 65, 66 y 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio”.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan General al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la
Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
ANEXO

En los siguientes documentos:
— (4D7KPVUPHS0UGECB) 2_09 P9 Uso Residencial.
— (4N8UL1NJJR7QOJ4H) 4_1 Normas urbanísticas modificadas.
— (4IDIGVD3L4B8MHAK) 4_2 Refundido NNUU.
— BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 282, de 27 de noviembre
de 2023, en el que se publican las NNUU modificadas.
En el apartado 2 del artículo 7.3.6, Dimensiones de los huecos de paso (N-2) de las
Normas Urbanísticas (en adelante, NNUU), se subsana el error en el siguiente sentido:
Donde dice:
“2. Las dimensiones mínimas de las hojas de las puertas de acceso a las piezas de la
vivienda serán de doscientos tres (203) centímetros de altura y setecientos veinticinco (725)
centímetros de anchura”.

BOCM-20240223-43

1. Error material en la redacción del artículo 7.3.6 de las Normas Urbanísticas