San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240223-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 46

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2024

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— Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP),
sus normas básicas sobre funcionamiento de órganos colegiados.
— Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y
los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de
ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal al
servicio de la Administración Civil del Estado (RGI).
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
— Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio de
las administraciones públicas.
— Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
— Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
— Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
— Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad
de Madrid.
Sexta. Publicaciones
6.1. Las presentes bases se publicarán íntegras en el tablón de anuncios de la Casa
Consistorial y en la página web Oferta de empleo público-San Lorenzo de El Escorial-Portal de Transparencia ( aytosanlorenzo.es ):
— https://transparencia.aytosanlorenzo.es/ayuntamiento/empleados-publicos/ofertapublica-de-empleo/
Un extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el anuncio de
convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Asimismo, todos los actos de desarrollo del proceso selectivo se harán públicos en la página web del Ayuntamiento indicada.
Séptima. Naturaleza jurídica de las bases y régimen de recursos
7.1. Estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la actuación
del Tribunal de Selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Octava. Datos de carácter personal
8.1. La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que
los datos personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de la Casa
Consistorial y en la web municipal cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
8.2. Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser
objeto de publicación son el nombre, apellidos y el número de DNI o documento equivalente.
9.1. Para ser admitidos en el proceso de selección los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyan iguales derechos para el acceso a la función pública.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, no padeciendo enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

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Novena. Requisitos de los aspirantes