San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240223-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 46

vacante o cualquiera otra eventualidad que se requiera en puestos de trabajo similares al
convocado, conforme a las necesidades de organización y funcionamiento de los servicios
municipales.
24.2. Los aspirantes formarán la bolsa de trabajo en el orden que se determine en
función de la puntuación que hayan obtenido en el proceso selectivo.
24.3. Los aspirantes que participen en este proceso selectivo deberán indicar dos medios por los que deseen recibir los avisos con las ofertas de nombramiento, que podrán ser:
teléfono móvil, teléfono fijo o correo electrónico.
24.5. Las personas que formen la bolsa de trabajo deberán tener actualizados sus
datos de localización, comunicando al Ayuntamiento las modificaciones que se produzcan
en ellos.
24.6. De conformidad con el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público (TREBEP), el nombramiento derivado de estos procedimientos de selección de personal interino, en ningún caso dará lugar al reconocimiento
de la condición de funcionario de carrera.
24.7. El procedimiento de actuación en caso de que se produzca una vacante en una
plaza de la escala, subescala y grupo de titulación requerida en estas bases, adscrita a un
puesto que requiera la titulación indicada en la base 9.a, o concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público para el nombramiento interino, se llevará a efecto siguiendo el punto 17 de las bases generales de las
convocatorias para proveer en propiedad plazas de funcionarios de carrera y de personal laboral fijo del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
24.8. Los nombramientos de los funcionarios interinos y contratación de personal
temporal se someterán a la nueva regulación establecida por el Real Decreto-Ley 20/2021,
de 28 de diciembre por el que se aprueban “medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público”.
ANEXO I

1. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Campos de fútbol de césped artificial
componentes y mantenimiento.
2. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Mantenimiento césped natural.
3. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Mantenimiento pavimentos deportivos
(plásticos).
4. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Pistas de pádel de césped artificial
componentes y mantenimiento.
5. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Mantenimiento de piscinas.
6. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Tratamientos del agua. Condicionantes
para mantener el agua de baño.
7. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Instalación de riego automático,
elementos y mantenimiento.
8. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Montaje y preparación de actividades
y eventos deportivos.
9. Mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Trabajos en altura.
10. DB SI 4 Sistemas contraincendios.
11. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos. Prevención de Riesgos
Laborales en las Administraciones Públicas.
12. Principio de igualdad de trato entre hombre y mujeres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la
protección integral contra la violencia de género, la LGTBI-fobia y la discriminación por
razón de orientación e identidad sexual.
En San Lorenzo de El Escorial, a 13 de febrero de 2024.—La alcaldesa, Carlota
López Esteban.
(03/2.473/24)

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