Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240223-42)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM

VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 46

de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en
particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
(i) en cuanto a la evacuación, el soterramiento del tramo que afecta al encinar clasificado como monte preservado por la Ley 16/1995 de la Comunidad de Madrid.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Armada Solar, S. L. U. (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 25 de abril de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como declaración, en concreto, de utilidad pública, para la Instalación la Instalación
FV Armada Solar 87,5 MWp/82,5 MW instalados, Infraestructura de evacuación a 30 kV que
conecta el parque fotovoltaico Armada Solar con la SET “Armada”, Subestación Transformadora ST “Armada” 220/30 kV y la L/220kV “ST Armada-ST Piñón”, en los términos municipales de Ambite, Olmeda de las Fuentes, Corpa, Nuevo Baztán, Pezuela de las Torres, Valverde de Alcalá, Arganda del Rey, Campo Real, Loeches y Pozuelo del Rey (Madrid).
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127, 131
y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de la Dirección General de Transportes y Movilidad de
la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y
de Red Eléctrica de España. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la Dirección
General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de
Madrid y de UFD Distribución Electricidad, S. A., en la que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Preguntados la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad
de Madrid, el Ayuntamiento de Ambite, el Ayuntamiento de Corpa, el Ayuntamiento de Nuevo Baztán, el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes, el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres, el Ayuntamiento de Valverde de Alcalá y Telefónica de España, S. A., no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de
lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 3 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, el 6 de junio de 2023 en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 1 de junio de 2023 en el diario
ABC y con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Ambite (2 de junio de 2023), Corpa (6 de junio de 2023), Nuevo Baztán (30 de mayo), Olmeda de las Fuentes (30 de mayo de 2023), Pezuela de las Torres (30 de mayo de 2023) y Valverde de Alcalá (5 de junio de 2023). No se han recibido alegaciones.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha emitido
informe en fecha 19 de septiembre de 2023.

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