A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240222-1)
Precios venta vivienda –  Orden de 15 de febrero de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 45

2. La misma equiparación establecida en el apartado anterior, se utilizará para la venta de las viviendas protegidas calificadas para arrendamiento acogidas a las medidas de financiación del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, una vez transcurridos 25 años
desde su calificación definitiva.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Procedimientos de calificación provisional ya iniciados
La aplicación de los precios de esta Orden a los procedimientos de calificación provisional iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, que se encuentren pendientes de obtener dicha calificación a esa fecha, exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que el promotor solicite expresamente su aplicación.
b) Que no existan adquirentes o adjudicatarios que hubieran suscrito respecto de las viviendas que integran la promoción, contratos de compraventa u opción de compra o
títulos de adjudicación o se hubieran entregado cantidades a cuenta del precio.
c) En el caso de que el suelo sobre el que se vaya a desarrollar la promoción haya sido
adjudicado por las Administraciones Públicas o Entidades dependientes de las
mismas con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden, será necesario que en
la licitación correspondiente no se impida la aplicación de precios actualizados.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogada la Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, por la
que se adecuan y adaptan los precios máximos de venta y arrendamiento de las viviendas
con protección pública a lo dispuesto en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11 de enero.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 15 de febrero de 2024.

CIAL DE LA

El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras,
JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ

BOCM-20240222-1

(03/2.669/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791