Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240221-53)
Organización y funcionamiento. Disolución organismo autónomo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 44

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53

POZUELO DE ALARCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se anuncia que el Pleno, en sesión de 21 de
diciembre de 2023, ha aprobado inicialmente la derogación de los estatutos y disolución del
Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo y la exposición al público del
mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No habiéndose presentado reclamaciones en el período de información pública, resulta definitivamente aprobado el acuerdo de disolución que, a continuación, se publica:
De conformidad con la propuesta de acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 15 de
noviembre de 2023, y con el dictamen de la Comisión Informativa de Reglamentos y Normas, de 7 de diciembre de 2023, el Pleno, por mayoría, acuerda:

a) Asumir el Ayuntamiento cuantas competencias tenía atribuidas la Gerencia Municipal de Urbanismo, de modo que queden garantizadas las materias de urbanismo
previstas en la normativa estatal y regional vigente. Dichas competencias se ejercerán por los órganos municipales a los que se las atribuyan las leyes, sin perjuicio de su delegación por la Alcaldía o por la Junta de Gobierno Local.
b) Integrar el personal de la Gerencia Municipal de Urbanismo en el Ayuntamiento,
a cuyo fin causará baja en la misma y alta en el código cuenta de cotización de la
Seguridad Social que corresponde al Ayuntamiento, produciéndose la integración
del personal en la plantilla y relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento en
los mismos términos, situación, condición y condiciones que tenía respecto del
Organismo Autónomo del modo expresado en el fundamento de derecho tercero.
Tanto el personal propio de la Gerencia como el del Ayuntamiento con adscripción al Organismo Autónomo, en su caso, pasará a depender del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad o
del órgano competente que, en el momento de toma de efectos de este acuerdo,
tenga delegadas las competencias en materia de urbanismo.
c) En materia de contratación, el Ayuntamiento sucederá a la Gerencia en su posición contractual, produciéndose una novación subjetiva legal en sus derechos y
obligaciones contractuales.
d) Revertir al Ayuntamiento e incorporar en el inventario municipal los bienes y derechos pertenecientes a la Gerencia de Urbanismo, así como, respecto de los bienes del Ayuntamiento adscritos a la Gerencia, dejar sin efecto tal adscripción.
e) Proceder a la liquidación económica del Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo, realizándose las operaciones preceptivas por parte de la Tesorería del Ayuntamiento.
f) Proceder a la integración de la contabilidad del Organismo Autónomo y la del
Ayuntamiento.
g) Realizar la oportuna previsión en el presupuesto municipal, al objeto de garantizar
la continuidad de la gestión y prestación directa de los servicios por parte del
Ayuntamiento mediante las operaciones presupuestarias oportunas al efecto.

BOCM-20240221-53

Primero.—Derogar los estatutos del Organismo Autónomo Gerencia Municipal de
Urbanismo, aprobados mediante acuerdo del Pleno adoptado en sesión celebrada el 26 de
enero de 2012 y publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2012.
Segundo.—Suprimir el Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo por
propia iniciativa municipal, quedando extinguida su personalidad jurídica, sucediéndole
universalmente el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en todos sus bienes, derechos y
obligaciones y, específicamente: