Santa María de la Alameda (BOCM-20240220-74)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa utilización puestos
3 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 43
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024
2.
Pág. 237
El pago de la tasa se realizarán:
a) Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos, por ingreso directo en la
cuenta del Banco Santander ES-95-0030-1020-31-0870013271, en el momento de
la solicitud.
Este ingreso tendrá carácter de depósito previo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, quedando elevado a definitivo al concederse la licencia correspondiente.
b) Tratándose de concesiones de aprovechamientos prorrogados, una vez incluidos
los padrones o matrículas de este precio público, por años naturales en la cuenta
del Ayuntamiento ES-95-0030-1020-31-0870013271.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
TÍN
En Santa María de la Alameda, a 7 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Gloria
de Castro García.
BOCM-20240220-74
(03/2.217/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 43
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024
2.
Pág. 237
El pago de la tasa se realizarán:
a) Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos, por ingreso directo en la
cuenta del Banco Santander ES-95-0030-1020-31-0870013271, en el momento de
la solicitud.
Este ingreso tendrá carácter de depósito previo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, quedando elevado a definitivo al concederse la licencia correspondiente.
b) Tratándose de concesiones de aprovechamientos prorrogados, una vez incluidos
los padrones o matrículas de este precio público, por años naturales en la cuenta
del Ayuntamiento ES-95-0030-1020-31-0870013271.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
TÍN
En Santa María de la Alameda, a 7 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Gloria
de Castro García.
BOCM-20240220-74
(03/2.217/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791