B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20240220-15)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución 75/2024, de 8 de febrero, de la Consejera Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la adscripción a la Agencia de diverso personal, por procedimiento restringido, conforme a la Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 43

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024

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La Comisión constatará en sus Actas de reunión el desglose y la motivación de la puntuación atribuida a cada aspirante en la fase de méritos por cada uno de los contemplados en las Bases, explicando la puntuación que a partir de los indicados criterios atribuye a cada aspirante.
La Comisión de Selección, en el ámbito de su conocimiento experto y de su discrecionalidad técnica, determinará la estructura de la entrevista, más adecuada de cara a valorar
aspectos del perfil profesional y curricular del candidato, detectar y valorar el nivel competencial del candidato para el puesto al que opte, y acreditar y verificar los méritos alegados
documentalmente, útiles de cara al más eficaz ejercicio de las funciones objeto del puesto
convocado, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de las presentes Bases.
Las entrevistas tienen como objeto profundizar en el conocimiento profesional del
candidato, y contribuir a valorar si sus competencias profesionales se ajustan a la naturaleza y requerimientos del puesto. Se valorarán, entre otras, las siguientes competencias: trabajo en equipo, iniciativa, capacidad de resolución, flexibilidad, orientación a resultados y
motivación. La Comisión habrá de fijar y dar a conocer a los aspirantes que hayan de ser
llamados a la entrevista, las condiciones de su celebración, y los criterios que van a seguir
en ella. De todo ello dejará constancia suficiente en el Acta de sesión donde se acuerden,
de forma que se cumpla adecuadamente con los criterios de igualdad, mérito y publicidad.
Igualmente, la Comisión realizará las entrevistas personales contempladas en las presentes Bases. El tiempo máximo de realización de cada entrevista será de 1:30 horas.
Previamente al comienzo de las entrevistas, la Comisión habrá de fijar y dar a conocer a los aspirantes que hayan de ser llamados a ellas las condiciones en que se celebrarán
las mismas, de forma que se cumpla adecuadamente con los criterios de igualdad, mérito
y publicidad.
De igual modo, una vez celebradas las entrevistas, deberá la Comisión dejar constancia en el Acta de la explicación de la puntuación que, a partir de los indicados criterios y
del resultado de las entrevistas, atribuye a cada aspirante como resultado de las mismas.
Las entrevistas podrán celebrarse de forma telemática, a través de la herramienta que
la Comisión decida. La Comisión comunicará al interesado la fecha y hora con al menos
dos días laborables a su celebración, de lo que quedará constancia en las Actas de sesión
del mismo, conjuntamente con las valoraciones.
En cumplimiento de la medida transversal 1.16 del I Plan de Igualdad se adoptarán las
medidas necesarias para que las aspirantes embarazadas o en puerperio puedan pedir, en su
caso, las adaptaciones que precisen para realizar, en condiciones de igualdad, cualquiera de
los ejercicios contemplados en el proceso selectivo.
4.3. Resultados y publicación
A resultas de las valoraciones efectuadas, adecuadamente motivadas y registradas en
las Actas de sesión de la Comisión de Selección, la misma formulará su propuesta al Órgano contratante, configurando la lista de los interesados que han superado el proceso, con el
orden de prelación obtenido, y su puntuación. Esta lista se remitirá al órgano competente
para su aprobación y publicación.
Quinta

Una vez celebradas las dos fases del proceso, y a propuesta de la Comisión de selección, el órgano competente aprobará y hará publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y adicionalmente de forma potestativa, mediante el correo electrónico
o cualquier otro medio de difusión que la Agencia considere adecuado, los resultados finales, indicando claramente la identidad y calificación de los aspirantes que, habiendo sido
admitidos, han superado el proceso, con el orden de prelación obtenido, así como la relación de los que no han superado las fases del proceso selectivo.
La contratación se realizará siguiendo el orden de prelación establecido en función de
la puntuación obtenida en el proceso selectivo.
Puesto que el objeto de las convocatorias de personal de la Agencia es la cobertura definitiva del mayor número de puestos de trabajo en situación de vacante, de los que se convocan, y en aplicación del principio de economía y eficacia administrativa, si alguno de los
candidatos rechazara finalmente el puesto de trabajo, la Agencia podrá contratar, con el
mismo carácter laboral ordinario indefinido (laboral fijo), al siguiente candidato disponible
de los que figuran en la relación, de acuerdo con lo establecido, siguiendo fielmente su or-

BOCM-20240220-15

Procedimiento para la finalización del proceso y publicación de los candidatos
que pueden ser finalmente contratados como resultado del proceso selectivo