La Cabrera (BOCM-20240216-76)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM

VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 40

Funciones/Tareas del Ayuntamiento y el Servicio Municipal Competente:
— Recibir las solicitudes de autorización de colonias. Autorizar o denegar las solicitudes de colonias felinas con justificación, en ambos casos en el plazo de 30 días.
— Autorizar a los voluntarios y colaboradores dotándoles de una identificación como
autorizados. Los voluntarios autorizados o colaboradores habrán de firmar un documento de compromiso del servicio municipal competente.
— Coordinar las acciones entre el Servicio Municipal competente y los voluntarios
autorizados o colaboradores.
— Proporcionar las casetas, tolvas de pienso y otro mobiliario adecuado, así como
vallado de la zona, si ello fuese necesario, como medida de protección de la comida y de los individuos de la colonia frente a actos vandálicos, perros sueltos, etc.
— Velar por el cumplimiento de todo lo anteriormente expuesto (visitas de inspección periódicas por el servicio de Salud).
— Visitas periódicas semestrales a las colonias a cargo de Policía y cumplimentar los
partes que figuran en el (Anexo VI) sobre salubridad de la zona de ubicación de
la colonia y de incidencias en la colonia, trasladando la información al servicio
municipal competente.
Dotación de un presupuesto anual para la manutención de los gatos, caseta hospital,
costes veterinarios, jaulas y bebederos, etc. Con este protocolo se pretende conseguir la gestión exitosa de las colonias felinas del municipio velando por los intereses tanto de los animales como de la ciudadanía de La Cabrera.
Se pondrá en valor la colaboración entre Ayuntamiento, entidades colaboradoras, asociaciones de protección animal, Observatorio de Protección Animal y voluntarios autorizados en las gestión de las colonias, informando a los residentes del municipio sobre las actuaciones que se están llevando a cabo y los objetivos que se persiguen para mejorar la
convivencia entre los gatos de las colonias felinas y estos, minimizando las molestias o problemas ocasionados por los mismos y tomando las medidas necesarias que sean aconsejables para el bienestar de ambos y la salud pública. La labor de divulgación ciudadana se realizará mediante bandos y redes sociales, así como la colocación de carteles plastificados
informativos.
Este protocolo no contempla la adopción de los animales, que será incluido en una próxima versión.

BOCM-20240216-76

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