D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240216-49)
Convenio –  Convenio de 23 de enero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 40

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 119

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
49

CONVENIO de 23 de enero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial,
para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se
desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo; así como por la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; el capítulo VI de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se regula
el régimen de los Convenios, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, D.a Laura Diez Herrero, en su condición de Secretaria General y Directora de Recursos Humanos de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la
Moneda, Entidad Pública Empresarial (en adelante FNMT-RCM), y domicilio institucional
en Madrid, calle de Jorge Juan, número 106, representada en este acto en virtud de escritura de poder otorgada ante la Notario de Madrid D.a Ana López-Monís Gallego, el día 31 de
enero de 2022, con el número 406 de su protocolo.
En adelante, ambos comparecientes serán denominados conjuntamente como las “partes”, e individualmente como la “parte”.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, se reconocen la capacidad jurídica suficiente en cuanto a la mencionada representación para la suscripción del presente convenio para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o
vías no formales o informales de formación (en adelante, el “convenio”), y en su virtud,

I. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional ordena un Sistema de Formación Profesional en que toda la formación
sea acreditable, acumulable y capitalizable, lo que permitirá avanzar en itinerarios de formación conducentes a acreditaciones, certificaciones y titulaciones con reconocimiento
estatal y europeo.
El modelo diseñado integra, junto a las ofertas de formación profesional, la orientación
profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral u otras
vías no formales o informales, como piedras angulares del nuevo sistema. El artículo 90.2
de la citada ley, señala que la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por
experiencia laboral u otras vías no formales o informales, tendrá como referente el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
El artículo 81.1.b), del citado Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional prevé que el certificado profesional se puede obtener mediante la acreditación de todos los estándares de competencia
a través del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías.

BOCM-20240216-49

EXPONEN