Torrejón de Ardoz (BOCM-20240214-81)
Organización y funcionamiento. Reglamento Distinciones Policía Local
8 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 351

DISPOSICIÓN FINAL
1. La Junta de Gobierno Local queda facultada para dictar cuantas órdenes e instrucciones resulten necesarias para la adecuada interpretación, desarrollo y aplicación de este
Reglamento.
2. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, la publicación y entrada en vigor del Reglamento se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación definitiva del presente Reglamento se comunicará a la
Administración del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) Transcurrido el plazo de quince días desde la recepción de la comunicación, el
acuerdo y el Reglamento se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
c) El Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. El texto íntegro del presente Reglamento se publicará además en la sede electrónica municipal.
ANEXO I
1.
2.
3.
4.
5.

Medalla al Mérito Profesional.
Cruz al Mérito Profesional.
Cruz a la Constancia en el Servicio.
Felicitación.
Placa.
Medalla al Mérito Profesional

Serán recompensados con la Medalla al Mérito Profesional de la Policía Local de Torrejón de Ardoz aquellos miembros del Cuerpo que realicen algún acto heroico y generoso,
con peligro de su vida, así como por los méritos contraídos en el ejercicio de su actividad
profesional o privada que haya contribuido notoriamente a enaltecer la imagen del Cuerpo
de la Policía Local.

1. Serán recompensados con la Cruz al Mérito Profesional de la Policía Local de Torrejón de Ardoz aquellos miembros del Cuerpo que se distingan notoriamente por su competencia y actividad en el cumplimiento de los deberes profesionales, realicen un servicio
de importancia profesional o social o que redunde en el prestigio del Cuerpo, realicen trabajos destacados o estudios profesionales o científicos de importancia para la función policial, pongan de manifiesto cualidades notorias de valor, lealtad al mando, compañerismo y
abnegación, espíritu humanitario y solidaridad social o realicen de otra forma similar actos
que se puedan considerar dignos de esta recompensa.
2. Tendrá dos modalidades:
— Cruz al Mérito Profesional con distintivo rojo.
— Cruz al Mérito Profesional con distintivo blanco.
La diferencia entre ambas vendrá determinada por la importancia y alcance de los hechos que motiven la distinción. La correspondiente al distintivo rojo se aplicará a las actuaciones o servicios de mayor riesgo y trascendencia pública o profesional.
3. También, y excepcionalmente, podrá otorgarse esta recompensa a personas o Instituciones que no formen parte del Cuerpo de la Policía Local, pero que hayan prestado su
manifiesta y permanente colaboración al mismo, en forma tan destacada que sean acreedores de tal reconocimiento.
Cruz a la Constancia en el Servicio
1. La Cruz a la Constancia en el Servicio será concedida a aquellos miembros de la
Policía Local de Torrejón de Ardoz que permanezcan por un período de servicio ininterrumpido y sin ninguna nota desfavorable en su expediente personal por sanción disciplinaria, o condena firme.

BOCM-20240214-81

Cruz al Mérito Profesional con distintivo rojo y blanco