Madrid (BOCM-20240213-36)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 37

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
36

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del decreto de 28 de diciembre de 2023, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública para
la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social
para la anualidad 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2024,
dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social, en régimen de concurrencia
competitiva.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
1.1. Las personas físicas que se incorporen como socios/as trabajadores/as a una cooperativa o una sociedad laboral.
1.2. Las cooperativas o sociedades laborales que se incorporen como socias a otra
cooperativa o sociedad laboral.
1.3. Los/as socios/as trabajadores/as que hayan hecho una nueva aportación al capital social de una cooperativa o una sociedad laboral.
1.4. Las cooperativas o sociedades laborales que hayan hecho una nueva aportación
al capital social de otra cooperativa o sociedad laboral.
No serán subvencionables las cooperativas de adquisición de vivienda nueva, ni las aportaciones realizadas por los/as socios/as no trabajadores/as de las cooperativas de consumo.
Los requisitos que deben cumplir las entidades o personas solicitantes de estas subvenciones se regulan en el apartado 6.o de las bases de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al decreto de 28 de diciembre de 2023 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba
la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de las entidades de economía social para la anualidad 2024.
Cuarto. Cuantía e imputación presupuestaria.—El importe máximo destinado a la
concesión de estas subvenciones es de 350.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto general del Ayuntamiento de Madrid 001/140/433.01/789.00 “Otras
transferencias de capital a familias”.
Quinto. Importe de las subvenciones.—El importe de las subvenciones se regula en
el apartado 7.o de las bases de convocatoria de la siguiente forma:
1. La subvención de la aportación con fondos propios y/o del principal del préstamo podrá financiar hasta el 50 por 100 de su importe, con el límite de 5.000 euros por beneficiario.
2. El cálculo de la ayuda se realizará tomando como base el importe exacto de la
aportación de capital social.
3. En el caso de que un mismo solicitante presente varias solicitudes, sólo se subvencionará, atendiendo al orden de entrada en registro de la solicitud, hasta el límite marcado
como máximo.

BOCM-20240213-36

BDNS (Identif.): 737876