Alcobendas (BOCM-20240213-41)
Organización y funcionamiento. Ordenanza venta ambulante
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 37

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 25
de mayo de 2023, aprobó inicialmente el texto de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el mercadillo municipal de Alcobendas.
Sometida la misma a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 135, de fecha 8 de junio de 2023), se presentaron alegaciones por APRODECA, que fueron valoradas por la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el día 31
de octubre de 2023, proponiendo elevar al Pleno Municipal la estimación de las que hacen
referencia a los artículos 7.8; artículo 8.h); artículo 9.f) y artículo 11.3.d) del texto inicial
de la Ordenanza; con desestimación de las referidas a los artículos 1, 4, 7.5, 10.7, 111.3l),
14, 15, 16 y 20 del citado texto y la aprobación definitiva de la Ordenanza de referencia.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 25
de enero de 2024, aprobó estimar las alegaciones presentadas por APRODECA que hacen
referencia a los artículos 7.8; artículo 8.h). artículo 9.f; artículo 11.3.d) del texto aprobado,
desestimándose el resto de las alegaciones presentadas quedando aprobada definitivamente la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el Mercadillo Municipal de Alcobendas, en la que se han incorporado las modificaciones señaladas anteriormente, procediéndose a su publicación.
Un certificado del acuerdo y el texto del Reglamento ha sido remitido a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid a los efectos del artículo 65 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el Plazo de dos
meses a contar desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE
EN EL MERCADILLO MUNICIPAL DE ALCOBENDAS

Resulta indudable la importancia de la venta ambulante en la estructura económica y
social de España y de la Unión Europea suponiendo esta un factor de desarrollo y diversificación de la oferta del comercio local, de potenciación del propio comercio sedentario y
de socialización y cercanía a los consumidores.
El mercadillo municipal forma parte de la historia de Alcobendas: es un elemento más
integrado en la ciudad, con un gran arraigo social. Los cambios económicos, culturales, de
estilos de vida y de hábitos de consumo que se producen, cada vez a mayor velocidad en la
sociedad actual, obligan a esta Administración a establecer nuevas formas de gestionar y
organizar el funcionamiento de nuestro mercadillo, así como de mejorar la calidad de los
servicios en él prestados.
La finalidad primordial que se persigue con esta nueva Ordenanza es adecuar la regulación municipal vigente, aprobado en el año 2013, a las últimas modificaciones normativas introducidas que se han ido elaborando hasta la fecha así como a nuevas necesidades
específicas de funcionamiento y condiciones de venta, procurando la consecución de diferentes objetivos tales como el cumplimiento de los principios y directrices definidos por la
normativa europea, estatal y autonómica en materia de comercio ambulante en el ámbito local, evitar la proliferación de ventas no autorizadas, el establecimiento de criterios técnicos
que sirvan para la reordenación, control y práctica de la actividad o la protección de los intereses que concurren (tanto de comerciantes ambulantes como de personas consumidoras).
Así, se reconoce el carácter transmisible de las autorizaciones por el tiempo que reste has-

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