Las Rozas de Madrid (BOCM-20240212-53)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Recursos Informáticos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 36

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 223

Capítulo X
Metadatos y datos ocultos de los documentos electrónicos
Art. 19.—1. Se define “metadatos” o “información o datos ocultos” como aquella información existente en los documentos electrónicos, que no son visibles con la configuración estándar o configuración por defecto de las aplicaciones informáticas utilizadas para
su creación y tratamiento, siendo necesario aplicar alguna opción específica dentro de la
configuración de estos para su visualización. Un ejemplo de datos ocultos es el texto oculto, filas o columnas ocultas, comentarios o información del documento, etc.
2. Cuando se generan documentos con aplicaciones de Microsoft Office (Word, Excel, PowerPoint, etc.), un documento PDF o realiza una fotografía, estos archivos llevan integrados en sus propiedades una serie de datos ocultos y/o metadatos, como pueden ser el
nombre de la persona que ha creado el documento, el programa con el que se ha generado,
la fecha de creación, la de modificación, etc.
3. Todos los archivos electrónicos (documentos ofimáticos, hojas de cálculo, imágenes, etc.) pueden tener integrados en sus propiedades una serie de datos ocultos y/o metadatos, como pueden ser el nombre de la persona que ha creado el documento, el programa
con el que se ha generado, la fecha de creación, la de modificación, etc.
Art. 20.—1. Los metadatos contenidos en los archivos pueden llegar a afectar tanto
a la seguridad de la información como a la imagen del Ayuntamiento. Por ello, todo archivo que vaya a ser publicado internamente en el Ayuntamiento, remitido electrónicamente a
un tercero o publicado en Internet (página web, sede electrónica, etc., …), deberá ser revisado para determinar los metadatos asociados al mismo, procediendo a su modificación o
supresión, si procede, siguiendo el procedimiento establecido para ello en el Ayuntamiento y puesto a disposición en la intranet municipal, pudiendo solicitar en caso necesario asistencia a la D. G. de la Oficina Digital a través de la apertura de incidencia en el Centro de
Atención y Soporte al Usuario (CAU).
Capítulo XI
Salida de información
Art. 21.—1. La salida de información del Ayuntamiento de Las Rozas (en cualquier
soporte o por cualquier medio de comunicación) deberá ser realizada exclusivamente por
personal autorizado por el Ayuntamiento, autorización que contemplará igualmente a la
propia información que sale. En este caso se deberá de enviar una solicitud, a través del
Centro de Atención y Soporte al Usuario (CAU) al D. G. de la Oficina Digital para que asesore sobre las medidas de seguridad que deberán ser implementadas.
2. Si la información contiene datos de carácter personal, se atenderá a lo establecido
en la normativa de protección de datos.
3. Las personas usuarias se abstendrán de sacar al exterior cualquier información del
Ayuntamiento de Las Rozas en cualquier dispositivo (dispositivos ópticos (CDs, DVDs),
memorias USB, ordenadores o dispositivos portátiles, etc.), salvo en los supuestos indicados en los puntos anteriores.
Capítulo XII

Art. 22.—1. El correo electrónico corporativo es una herramienta de mensajería
electrónica centralizada, puesta a disposición de las personas usuarias del Ayuntamiento,
para el envío y recepción de correos electrónicos mediante el uso de cuentas de correo corporativas. Se trata de un recurso compartido por todas las personas del Ayuntamiento, por
lo que un uso indebido del mismo repercute de manera directa en el servicio ofrecido a todas las personas.
2. Las características peculiares de este medio de comunicación (universalidad, bajo
coste, anonimato, etc.) han propiciado la aparición de amenazas que utilizan el correo
electrónico para propagarse o que aprovechan sus vulnerabilidades, motivo por el cual,

BOCM-20240212-53

Uso del correo electrónico corporativo