B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240212-13)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 36

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

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4.- En aquellas pruebas que no consistan en una exposición oral ante el Tribunal, o en
aquellos casos en los que, por la naturaleza de las pruebas, los tribunales no dispongan otra
cosa, los ejercicios serán leídos por el propio Tribunal.
5.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1.h) del Real Decreto 276/2007, de 23
de febrero, del Reglamento de ingreso y accesos a la función pública docente en estos
ejercicios se garantizará el anonimato de los aspirantes. En consecuencia, se invalidará el
ejercicio escrito que posea nombres, marcas o cualquier señal que pueda identificar al
aspirante, así como aquél que resulte ilegible.
Para garantizar el anonimato durante la corrección de los ejercicios en la primera prueba
escrita, los miembros del Tribunal no conocerán en ningún momento el nombre del aspirante,
a excepción de las especialidades en las que algún ejercicio de la parte A requiera defensa
oral individualizada ante el Tribunal, en cuyo caso, se mantendrá el anonimato en todos los
ejercicios, menos en el que sea necesario la defensa oral individualizada.
Realización de la primera prueba
Tras comprobar la identificación de los aspirantes presentados y antes del comienzo del
ejercicio, el Tribunal advertirá a los aspirantes que:
En cualquier prueba o ejercicio que requiera la respuesta del aspirante de forma anónima y
escrita a mano, toda anotación, firma o marca distintiva que le identifique anulará
íntegramente dicha prueba o ejercicio, calificándose con un 0, sin perjuicio de que el aspirante
pueda seguir realizando el resto de las pruebas.
Sin embargo, al no constituir falta de ortografía ni evidenciar la identificación del aspirante, no
será penalizado en ningún caso:
— La separación correcta de palabras al final de renglón y principio del siguiente.
— El uso correcto de la raya, ya sea como signo doble (por ejemplo, para aislar incisos)
o como signo simple (en enumeraciones en forma de lista, esquemas…).
— La utilización correcta de las comillas (también para citar el título de un artículo o
cualquier parte interna de una publicación, pero no para citar los títulos de libros,
revistas y periódicos).
— El empleo de diferentes tipos de resalte, como el subrayado (también para citar los
títulos de libros, revistas y periódicos). Para ello, el aspirante utilizará el mismo color
de tinta —azul o negra— que para el resto de la prueba o ejercicio escrito a mano.
A continuación:
En cada parte de la primera prueba, el Tribunal entregará al candidato:
— Un sobre grande, un sobre pequeño y un impreso en el que se consignarán los
datos personales del candidato. El aspirante cumplimentará dicho impreso, lo
introducirá en el sobre pequeño y lo cerrará.

BOCM-20240212-13

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