B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240212-13)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo
78 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 36

Para aquellos aspirantes que se hayan presentado a realizar la parte de la primera prueba de la fase de oposición que se convoque en primer lugar, los méritos a valorar en los
apartados 1.2, 1.3 y 1.4, según los criterios dispuestos en el Acuerdo, serán los reconocidos
en la fase de concurso del procedimiento selectivo.
Para aquellos participantes que continúen en listas de interinos sin haberse presentado a
ninguna de las pruebas de la fase de oposición, los méritos a valorar en los apartados 1.2, 1.3
y 1.4, según los criterios dispuestos en el Acuerdo, serán los mismos que tuviera en los listados publicados para la regulación de listas de aspirantes a ocupar puestos en régimen de interinidad para el curso 2023/2024.
Segunda
Aspirantes con discapacidad que han solicitado formar parte
de las listas de aspirantes a interinidad
Los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el turno de discapacidad (igual
o superior al 33 por 100) y consignen en la solicitud su deseo de formar parte de las listas de
interinos, se integrarán automáticamente en tales listas como aspirantes de acceso 2 (colectivo de especial consideración por discapacidad), siempre que a fecha de la formación de las
listas de interinos mantengan tal condición.
Aquellos aspirantes con discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100 que
participen en el proceso selectivo por turno libre, y soliciten formar parte de las listas de aspirantes a interinidad, serán integrados en las mismas en el acceso 1 (aspirantes que han participado en el proceso selectivo por turno libre).
Los aspirantes que, teniendo un grado de discapacidad reconocida igual o superior al
33 por 100, han participado en el proceso selectivo por turno libre, en una especialidad en
la que no se han convocado plazas por reserva de discapacidad, o bien cuando sea reconocida la discapacidad con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes de participación en el procedimiento selectivo, podrán formar parte, si así lo
desean y siguen manteniendo tal condición, de las listas de aspirantes a interinidad por el
colectivo de especial consideración por discapacidad, siguiendo el procedimiento que al
efecto se establezca en la Resolución por la que se regule la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de los cuerpos docentes derivadas de este procedimiento selectivo.
Tercera
Presentación de la correspondiente solicitud de adjudicación de destinos
provisionales en inicio de curso
Sin perjuicio de lo anterior, todos los participantes en este procedimiento selectivo, hayan marcado o no la casilla 5C, deberán presentar, además, la correspondiente solicitud para
la asignación de puestos de carácter ordinario, voluntario y bilingüe para el curso 2024-2025,
conforme a las instrucciones y el calendario para la asignación de puestos docentes a los
maestros que serán publicados mediante Resolución la Dirección General de Recursos Humanos. Caso de no cumplimentar y presentar dicha solicitud y, que por su número de orden
le correspondiera un puesto docente, se le asignará uno de oficio.
Aquellos participantes que resulten seleccionados a través de este procedimiento selectivo serán asignados a un destino para la realización de la fase de prácticas según la solicitud de destinos anteriormente mencionada. En caso de no cumplimentar y presentar dicha
solicitud serán asignados de oficio.
TÍTULO V

El deber de relacionarse con la Comunidad de Madrid por medios electrónicos, comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o
incidencias que requieran de una comunicación personal, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3.2 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
La información del proceso de alta en este servicio y el sistema de comunicación se
encuentra en el portal www.comunidad.madrid, dentro del apartado Sede electrónica, siguiendo la secuencia: “Recibir”, “Notificaciones”.

BOCM-20240212-13

Notificaciones