B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240212-1)
Acuerdo sectorial –  Acuerdo de 31 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el acuerdo sectorial para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid al servicio de la Administración de Justicia para el período 2024-2027, adoptado por la Mesa Sectorial de Justicia de 15 de enero de 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

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B.O.C.M. Núm. 36

va su protección o su derecho a la asistencia social integral, así como al personal
funcionario inmerso en las situaciones socio-familiares o de salud que se determinen, previa negociación en la Mesa Sectorial.
El proceso de negociación del sistema de regulación básica de las comisiones de
servicio, con base en las directrices fijadas en el presente apartado, deberá iniciarse en un plazo no superior a 60 días desde la publicación del acuerdo del Consejo
de Gobierno por el que se apruebe el Acuerdo Sectorial.
Se negociarán en el seno de la Mesa Sectorial del personal funcionario al servicio
de la Administración de Justicia, las bases de convocatoria para la formación de
Bolsas de selección de personal interino para los Cuerpos Generales y el Cuerpo
Especial de Médicos Forenses.
La Bolsa principal se ordenará respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad, siguiendo criterios objetivos, y teniendo en cuenta, la experiencia acumulada en órganos y servicios judiciales, la titulación y la superación de ejercicios en
procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público. También se constituirá una Bolsa, de carácter secundario, integrada por quienes hayan alcanzado
la puntuación mínima que se determine en el primer ejercicio del proceso selectivo que, igualmente, se concrete.
Asimismo, podrá constituirse una Bolsa de reserva que entrará en funcionamiento
en caso de que se agoten las anteriores. En esta bolsa de reserva, se incluirían los
aspirantes que hayan participado en procesos selectivos posteriores a la publicación de las convocatorias de las Bolsas aludidas.
Las titulaciones exigidas para los Cuerpos Generales y Especiales, serán las establecidas en el artículo 475 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Los integrantes de las bolsas nombrados funcionarios interinos, tras cesar en los
puestos que desempeñen de forma interina, según se determine, podrán quedar en
las bolsas en la misma posición que ocupaban previamente a su nombramiento
como interino.
Se establecerá un período de prácticas desde el nombramiento conforme a lo establecido en el Decreto de regulación de la Bolsa de Interinos, siendo necesario para
la continuidad en el desempeño de las funciones, la superación de dicho período
de prácticas, con posibilidad de quedar incluido nuevamente en bolsa, por una sola
vez, el funcionario que no supere dicho período. Caso de no superarlo, deberá realizar un curso de formación.
La vigencia de las bolsas no superará los tres años.
Entre las medidas tendentes a procurar garantizar la prestación de un servicio ágil
y de calidad por la Administración de Justicia se encuentra la dotación de medios
personales. Para la mejora de los mismos y atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, se acuerda lo siguiente:
Incremento, en el año 2024, de 4 puestos genéricos adscritos a la relación de puestos de trabajo de la Oficina de Fiscalía, tras el incremento de 28 en el ejercicio 2023,
con la siguiente distribución:
— Tramitación Procesal y Administrativa: 3 puestos.
— Auxilio Judicial: 1 puesto.
Este incremento se llevará a cabo previa negociación de la modificación de la Relación de puestos de trabajo de la Oficina de Fiscalía.
Incremento de 10 puestos adscritos a la relación de puestos de trabajo del Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el ejercicio 2024, según la siguiente
distribución:
— Médico-Forense: 5 puestos.
— Gestión Procesal y Administrativa: 3 puestos.
— Tramitación Procesal y Administrativa: 1 puesto.
— Ayudante de Laboratorio: 1 puesto.
Nivelación de plantillas: Se incrementarán las plantillas, en 88 puestos (41 del
Cuerpo de Gestión P. A., 16 del Cuerpo de Tramitación P. A. y 31 del Cuerpo de
Auxilio Judicial) para equipararlas al resto de órganos pertenecientes al mismo orden jurisdiccional del partido judicial.
En concreto, la actuación inicial en el ejercicio 2024, se centrará en concluir la nivelación de plantilla de los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de
Madrid, iniciada en diciembre del 2023, y consistente en:

BOCM-20240212-1

BOCM