C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240210-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Tolsa, S. A. (código número 28103801012024)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 35

SÁBADO 10 DE FEBRERO DE 2024

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TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO, CON ÁMBITO DE EMPRESA, QUE SE RESEÑA
A CONTINUACIÓN
Nota previa: Todas las referencias en el texto del Convenio Colectivo al género femenino o masculino
se entenderá efectuada indistintamente a la razón del género de las personas, utilizándose
genéricamente el concepto “persona”
Capítulo I
Ámbito de aplicación
Artículo 1. Ámbitos personal, funcional y territorial
El presente Convenio Colectivo de empresa, afectará a la totalidad de las personas que presten
servicios en los Centros de Trabajo de la Empresa TOLSA, SA, de la Comunidad de Madrid, con las
siguientes excepciones:

a) Quedan excluidos de la aplicación del presente Convenio Colectivo, aquellas personas que,
en el momento de su firma, lo estén por voluntad propia y reconocida mediante la oportuna
expresión escrita de estos y aceptada por la Dirección General de la Empresa, siempre que
sean fijos de plantilla y se encuentren dentro de los grupos 1o, 2o y 3o de la tarifa de
cotización a la Seguridad Social.

b) En el futuro, y a partir de la fecha de la firma del presente Convenio Colectivo de Empresa,
solo se podrán excluir aquellas personas, que sean fijos de plantilla, que así lo deseen
voluntariamente y se encuentren comprendidos en razón de su categoría profesional, dentro
de los grupos 1o, 2o y 3o de la tarifa de cotización a la Seguridad Social, y cuya expresión
de voluntad deberán efectuarla mediante escrito dirigido a la Dirección General de la
Empresa, para su aprobación, si procede, teniendo efectos dicha exclusión, de ser
aprobada, siempre a partir del día 1 de enero del año siguiente al de su solicitud, a
excepción de las nuevas contrataciones de puestos de especial responsabilidad que podrán
solicitar su inclusión, si se aprueba por la Dirección de la Empresa, en la fecha de su alta
en la Empresa.

c) Aquellas otras personas que, encontrándose en el momento de la firma del presente
Convenio de Empresa, en la situación voluntaria de excluidos del ámbito personal de
aplicación de este, y opten por incluirse en la aplicación del Convenio Colectivo, habrán de
dirigir escrito a la Dirección General de la Empresa, manifestando este extremo.
Del mismo modo, la Dirección de la empresa puede, en cualquier momento, dejar sin efecto
al personal de libre disposición la exclusión del Convenio, considerándoles
automáticamente incluidos dentro del ámbito personal de dicho Convenio, a partir del 1 de
enero del año siguiente, siéndoles plenamente de aplicación el Convenio a todos los efectos
y sin que se consoliden por tanto, aquellos beneficios que pudieran haber tenido, al estar
considerados como personal excluido de la aplicación del Convenio.
Artículo 2. Ámbito temporal
El presente Convenio Colectivo tendrá una vigencia de CINCO AÑOS, desde el día 1 de enero de
2021 hasta el 31 de diciembre del año 2025, ambos inclusive.

Al vencimiento de la vigencia del presente Convenio Colectivo, subsistirán y se mantendrán todos los
contenidos de este y hasta tanto no se modifiquen mediante negociación entre los representantes
legales de los trabajadores y de la Dirección de esta Empresa TOLSA, SA, a través del necesario
acuerdo.
Artículo 3. Vinculación a la totalidad
Las condiciones aquí pactadas forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación
práctica, serán consideradas globalmente por lo que la anulación de una de ellas podrá afectar a la

BOCM-20240210-2

Este Convenio Colectivo será denunciado con 30 días naturales al menos, de antelación, a la
vigencia de su vencimiento, mediante escrito que dirigirá cualquiera de las partes de este, a la otra,
firmándose su recepción para dar fe de dicha denuncia.