Madrid (BOCM-20240209-33)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 34

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
33

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Expediente 135-2022-00895.
Aprobación definitiva con desestimación de la alegación presentada durante el trámite de información pública, el Plan Especial para el edificio situado en la calle de Alcalá, número 17, promovido por Byou Hotels, S. A. Distrito de Centro.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2023,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Desestimar la alegación presentada durante el trámite de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección General de
Planeamiento de 24 de noviembre de 2023. Dicho informe estará a disposición de los alegantes y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el edificio situado en la calle de Alcalá, número 17, distrito de Centro, promovido por Byou Hotels, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS
CAPÍTULO 1

Artículo 1. Ámbito.—El ámbito del Plan Especial se corresponde con la parcela situada en la calle de Alcalá, n.o 17, en el distrito de Centro, barrio de Sol.
Art. 2. Objeto.—El presente Plan Especial para la parcela situada calle Alcalá número 17 tiene por objeto:
1. “Valorar la incidencia que la implantación del uso Terciario de Hospedaje, en edificio exclusivo, pueda tener sobre el medio ambiente urbano y sobre las características propias del ámbito, en aplicación de las determinaciones del artículo 6.1A.2.c.i), del Plan Especial de Regulación del Uso de Servicios Terciarios en la clase de Hospedaje (en adelante
PEH), aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 27 de marzo de 2019, y del
artículo 5.2.7 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de
Madrid de 1997 (en adelante NNUU).
2. Regular el régimen de obras para la protección y puesta en valor del inmueble, mediante la mejora de sus condiciones de habitabilidad y uso de conformidad con lo previsto
en el capítulo 4.10 de las NNUU del PG97, de conformidad con los objetivos y limitaciones previstos en los artículos 4.3.8, 4.10.4, 4.10.5 y 4.10.6”.
Art. 3. Condiciones generales de la parcela/edificación.—1. El Plan General de
Ordenación Urbana de Madrid de 1997 clasifica la parcela, ámbito del presente Plan Especial, como Suelo Urbano regulado por la Norma Zonal (en adelante, NZ) 1 “Protección del
Patrimonio Histórico”, grado 1.o, nivel de usos A según el Plano de Ordenación (O-66/9).

BOCM-20240209-33

Normas generales