C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240209-16)
Pruebas capacitación profesional –  Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se convocan las pruebas de capacitación profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas en la modalidad de transporte por carretera a celebrar en el año 2024 en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 34

VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024

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te de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y, en su caso, de la copia de
solicitud de admisión.
Para la correcta realización de las correspondientes pruebas los aspirantes deberán ir
provistos de lapicero, pudiendo llevar, asimismo, para la realización de la segunda prueba
en los exámenes de obtención y acceso, el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera vigente en el momento de desarrollo de las pruebas. Los textos legales que se lleven a esta segunda prueba no deben contener anotación adicional alguna.
En ningún caso se permitirá la utilización de teléfonos móviles, equipos portátiles o
electrónicos y, en general, dispositivos de telecomunicación inalámbrica o de cualquier otro
tipo de emisión o recepción de información.
Octava
Lista de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones
Finalizadas las pruebas y tras la corrección de todos los ejercicios, el Tribunal hará pública
mediante su publicación en el portal de Administración Electrónica de www.comunidad.madrid
la relación provisional de aspirantes que hayan resultado aptos.
Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.
Una vez resueltas estas reclamaciones, el Tribunal elevará a la Dirección General de
Transportes y Movilidad la propuesta de relación definitiva de aspirantes que hayan resultado aptos, la cual dictará una Resolución declarándolos aptos y ésta se publicará en el portal de Administración Electrónica de www.comunidad.madrid
Tercero
Vigencia de la normativa de transportes y del resto de materias relacionadas
con el contenido de los exámenes
La normativa a considerar en los exámenes será la vigente en el momento de desarrollo de las pruebas. Por lo que respecta al Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional
de Mercancías Peligrosas por Carretera se considerará el vigente en el momento de desarrollo de las pruebas.
Cuarto
Clasificación de los tribunales
A efectos de lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, el Tribunal a que se
refiere la presente convocatoria se clasifica en la categoría primera. El importe de la cuantía de las asistencias a percibir será el señalado en la Orden de 16 de marzo de 2022 de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Quinto
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras en el
plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma, se regirán por lo establecido en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, a 6 de febrero de 2024.—El Director General de Transportes y Movilidad,
Luis Miguel Torres Hernández.
(01/2.107/24)

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ISSN 1989-4791

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