D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240207-25)
Convenio –  Convenio de 28 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de Alcalá, para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención destinada a la creación de un espacio abierto de innovación para facilitar el desarrollo de proyectos y el impulso de la digitalización cofinanciado por el fondo de cohesión territorial en el marco de la conferencia sectorial de reto demográfico
8 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 32

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 119

Séptima
Justificación de la subvención
1. Aracove presentará ante la Dirección General de Reequilibrio Territorial la justificación del gasto a fin de que se proceda a su inspección y certificación. El interesado aportará la siguiente justificación documental:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de que se hayan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por
técnico competente dando cuenta de la finalización del total de las obras y/o realización de la actividad subvencionada.
Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso
las modificaciones sobre el proyecto inicial;
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, firmada por el solicitante, que contendrá la relación detallada de los gastos.
Esta memoria se acompañará de las facturas o documentos con valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de la
documentación acreditativa del pago de las mismas. La fecha de emisión de las
facturas y documentos acreditativos de abono deberá ajustarse al período subvencionable. Se incluirá para cada gasto justificado:
1.o Número de factura y descripción del gasto.
2.o Nombre y NIF/NIE del proveedor.
3.o Fecha de facturación y de pago.
4.o Identificación del justificante de pago: Como justificante de pago únicamente
se admitirá la transferencia bancaria salvo en aquellos gastos en que no sea
posible utilizar esa forma de pago. En el concepto del justificante del pago deberá identificarse de forma inequívoca la factura o facturas que se pagan. Con
el objeto de garantizar la pista de auditoría es necesario que los justificantes
de cada uno de los pagos realizados se identifiquen plenamente:
• Al proveedor como destinatario del pago.
• Al beneficiario de la ayuda como ordenante del pago.
• El concepto con el número o números de las facturas con el que se corresponde.
La fecha de efectividad del pago será aquella en la que se produzca una disminución patrimonial del importe correspondiente en la cuenta del ordenante que será
la fecha valor que figure en el mismo, que deberá estar siempre dentro del período de justificación para poder ser admisible.
En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán
las desviaciones acaecidas.
c) Copia del justificante bancario del pago de las nóminas.
d) Justificación de que la contratación se ha ajustado al procedimiento de contratación
pública legalmente establecido así como contenido del expediente de contratación.
e) Autorizaciones administrativas precisas para la realización de la obra. En particular:
— En su caso, licencia urbanística municipal o declaración responsable urbanística.
— Acreditación de la disponibilidad de los locales.
— Cualesquiera otras autorizaciones pertinentes.
En caso de no ser necesarias declaración responsable firmada por el solicitante en
este sentido.
f) Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta del solicitante de la ayuda.

BOCM-20240207-25

3. Aracove, en todas las actividades de información y comunicación que lleve a cabo
en relación con la acción subvencionada, deberá hacer constar tanto la participación de la
Comunidad de Madrid como la de la Administración General del Estado.
4. Aracove, una vez firmado el convenio, en el plazo de un mes, deberá presentar el
proyecto “Laboratorio Mad Rural Lab” aprobado por la Junta Directiva para su aprobación
por la Dirección General de Reequilibrio Territorial previa reunión de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula novena.
5. Aracove deberá acreditar la realización de la actividad subvencionada así como el
gasto y la efectividad del pago de conformidad con la siguiente cláusula.