D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240207-25)
Convenio –  Convenio de 28 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de Alcalá, para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención destinada a la creación de un espacio abierto de innovación para facilitar el desarrollo de proyectos y el impulso de la digitalización cofinanciado por el fondo de cohesión territorial en el marco de la conferencia sectorial de reto demográfico
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BOCM

MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 32

Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y en todo
caso la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
Aracove deberá presentar una declaración responsable en relación con otras subvenciones que pudieran concurrir o con la aplicación de otros fondos para el mismo objetivo y
finalidad, con indicación del importe, procedencia y aplicación de tales fondos.
Cuarta
Actuaciones a desarrollar
1. Serán subvencionables los costes en los que incurra Aracove destinados a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) realizados dentro del período subvencionable.
2. El período subvencionable será el siguiente:
— En caso de gastos corrientes, desde el 1 de mayo de 2023 hasta el 30 de junio de 2025.
— En caso de gastos de inversiones, desde la fecha del levantamiento del acta de no
inicio de las inversiones por parte de la Comunidad de Madrid, hasta el 30 de noviembre de 2024.
3. Concretamente serán subvencionables las siguientes actuaciones:
a) Las retribuciones al personal contratado específicamente para la prestación de este
servicio, así como sus cuotas de la seguridad social.
b) Suministros y servicios contratados por Aracove para el desarrollo del proyecto.
c) Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de licencias,
derechos de autor o marcas registradas.
d) Inversiones que conlleven obras o instalaciones así como estudios, proyectos y
asistencias técnicas asociadas a las mismas. Los gastos de asistencia técnica sólo
serán subvencionables hasta un máximo del 12 por 100 de la inversión auxiliable.
e) Cualesquiera otros gastos corrientes o inversiones vinculados al desarrollo del
proyecto.
4. Solo serán subvencionables los gastos que se realicen por contrata o el personal
contratado específicamente para el desarrollo de este proyecto.
5. No será subvencionable el IVA recuperable.
6. Requisitos que deben cumplir los gastos subvencionables:
a) Los gastos habrán de ser reales, verificables y justificados documentalmente, debiendo estar relacionados de manera indubitada con el proyecto de instalación de
un laboratorio Mad Rural Lab y ser necesarios para el desarrollo del mismo.
b) Las inversiones deberán estar localizadas en municipios asociados a Aracove.
c) Las inversiones deberán respetar la normativa vigente, aportando toda las autorizaciones, licencias o concesiones necesarias para que la obra proyectada pueda
realizarse con sujeción estricta a la legalidad.
d) Dichos gastos subvencionables, con excepción de los previstos en el punto 3.a) de
esta cláusula, se tramitarán de acuerdo con la legislación de contratación administrativa dado el carácter de poder adjudicador que posee Aracove, conforme al artículo 3.3 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratación del Sector Público.
e) Se garantizará, en todo caso, la moderación de costes con el objeto de que los costes presentados se correspondan con los precios de mercado.
Quinta
Plazo de justificación de la actividad subvencionada
El plazo máximo de justificación de la realización de la actividad subvencionada será
el 15 de julio de 2025.
Sexta
Obligaciones de Aracove
1. La asociación asume las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
2. Aracove deberá destinar los bienes subvencionados a la actividad del laboratorio
Mad Rural Lab, durante un período no inferior a cinco años, contados desde el pago de la
subvención, cuando se trate de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes
inmuebles. Para el resto de los bienes inventariables el período será de dos años.

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