C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240205-17)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 21 de diciembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2024 para la realización de los Programas Públicos de Empleo-Formación de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 30

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE FEBRERO DE 2024

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cias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de
la ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya titularidad corresponda
íntegramente a dichos municipios.
b) Las mancomunidades constituidas en más de la mitad de sus miembros por municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes que, tenga entre sus
fines la ejecución de políticas activas de empleo, el desarrollo local, la promoción de
la ocupación u otros que las legitimen para ejecutar las actuaciones solicitadas.
c) Los municipios que se incluyen en la Estrategia para Revitalizar los Municipios
Rurales de la Comunidad de Madrid.
2. Podrán acogerse a las ayudas del programa público de empleo-formación para la
Activación Profesional y del programa público de empleo-formación para la Cualificación
Profesional, las entidades locales de la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se establecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de
los programas públicos de empleo-formación de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 22 de mayo de 2023).

Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles iniciándose el plazo:
a) El día 15 de febrero de 2024, para los programas públicos de empleo-formación
para la Activación Profesional.
b) El día 1 de marzo de 2024, para el programa público de empleo-formación para la
Cualificación Profesional.
Madrid, a 21 de diciembre de 2023.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 303, de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.
(03/1.502/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240205-17

Cuarto
Cuantía
1. El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2024, asciende a un total de 61.050.000,00 euros, conforme a la siguiente distribución por programas:
a) Para el programa público de empleo-formación para la Activación Profesional destinado a revertir el despoblamiento en los municipios rurales: 16.050.000,00 euros.
b) Para el programa público de empleo-formación para la Activación Profesional:
25.000.000,00 de euros.
c) Para el programa público de empleo-formación para la Cualificación Profesional:
20.000.000,00 de euros.
2. La cuantía total anterior podrá incrementarse en 10.000.000,00 euros, en los términos del artículo 70 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para 2022. La efectividad de la cuantía adicional y su redistribución por programas queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en
su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.