C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240203-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2024 del convenio colectivo de la empresa Industrias Transformadoras de Plásticos, suscrito por la Comisión Mixta (código número 28003155011981)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 29

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2024 del convenio colectivo de la empresa Industrias Transformadoras de Plásticos, suscrito por la Comisión Mixta (código número 28003155011981).

Examinado el Acta de la Revisión Salarial 2024 del convenio colectivo de la empresa
Industrias Transformadoras de Plásticos, suscrito por la Comisión Mixta el día 18 de enero
de 2024, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías
de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE

BOCM-20240203-2

1. Inscribir dicha Revisión Salarial del convenio colectivo en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y
proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 18 de enero de 2024.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra
Rudilla.