C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240202-24)
Convocatoria ayudas –  Orden 233/2024, de 24 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula, para el año 2024, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER),“Solicitud Única”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 28

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE FEBRERO DE 2024

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Capítulo VIII
Ayudas complementarias a los pagos directos a la agricultura
y la ganadería del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid
SECCIÓN 1.a

Ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas
de la Comunidad de Madrid
Artículo 13
Régimen jurídico de las ayudas para el fomento de la forestación
de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid
En la Solicitud Única de 2024 se presentarán las solicitudes de pago correspondientes
a la anualidad 2024 de las primas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la
Comunidad de Madrid. Estas ayudas se regirán por lo establecido en las Órdenes 2803/2001,
de 26 de junio, 8326/2004, de 24 de septiembre, y 224/2006, de 24 de enero, por la que se
establecen ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de
Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.
Artículo 14
Beneficiarios
Son beneficiarios de estas ayudas aquellos que ya están acogidos a los Programas de
Forestación de Tierras Agrarias.
Artículo 15
Documentación a aportar con las solicitudes de pago
La documentación a aportar con las solicitudes de pago de la prima compensatoria de
forestación será la establecida en las bases reguladoras.
Artículo 16
Financiación
1. La financiación de las ayudas se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas”, del programa presupuestario 411A de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, por un importe de 120.000 euros.
2. Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, en el 75 por 100, por la Administración General del Estado en el 7,5 por 100 y por la Comunidad de Madrid en el 17,5
por 100 restante.
SECCIÓN 2.a

Ayudas destinadas al fomento de la agricultura compatible con la conservación
de las aves esteparias de la Red Natura 2000
Artículo 17

1. En la Solicitud Única de 2024 se presentarán las solicitudes de pago correspondientes a la anualidad de 2024, tal y como contemplada el artículo 15 de la Orden 1836/2023,
de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del
Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la
convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028 así como las solicitudes de pago
correspondientes a los Programas Ambientales en curso procedentes del PDR 2014-2022.

BOCM-20240202-24

Régimen jurídico de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura compatible
con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000