C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240201-24)
Tablas valoración series documentales –  Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban y se dan de baja las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, de las Universidades públicas madrileñas, de Entidades Locales madrileñas y de Corporaciones de Derecho Público madrileñas
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 27

 Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y
modalidad de disociación de datos o acceso parcial): Sí.
 Anonimización de datos de carácter personal
 Seudonimización de datos de carácter personal
 Exclusión de documentos para acceso parcial: Documentos afectados por la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
 Medidas específicas de seguridad requeridas por la serie documental: No proceden.
II. SELECCIÓN
 Selección de la serie: Eliminación Parcial (EP).
 Metodología de la selección:
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PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA NOMINATIVA EN LEY DE PRESUPUESTOS: Se
conservarán permanentemente las órdenes de resolución o convenios.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA MEDIANTE DISPOSICIÓN LEGAL: Se
conservarán permanentemente las órdenes de resolución o convenios.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA NOMINATIVA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL: Se
conservarán permanentemente los expedientes adjudicados.
Se conservarán también todos los documentos elaborados como fin último de la subvención,
documentos justificativos que revistan la forma de Memoria, Estudio o Proyecto de Investigación,
Formación, Obras o cualesquier otras similares.
Se conservarán hasta su resolución definitiva los expedientes incursos en procedimientos judiciales.
Con carácter general, se eliminarán los documentos no contemplados en los apartados anteriores
que tengan más de 15 años de antigüedad desde la fecha de finalización del expediente,
conservándose como muestra un 1% de los mismos, hasta 1 caja por año.
Se eliminarán en el plazo de dos años todas las Solicitudes denegadas con su documentación
adjunta que no hayan generado derechos ni obligaciones por parte de los administrados ni de la
Comunidad de Madrid.
Esta selección se aplicará tanto a la documentación generada en papel como en soporte electrónico.
A los expedientes producidos por la Administración General del Estado les será de aplicación la
correspondiente tabla dictaminada por la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos.
La muestra seleccionada para su conservación permanente como testimonio de la serie documental
se transferirá al Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.

 Tipo de muestra: Muestreo Selectivo (Mu-S) Cronológico (Mu-C) y Probabilístico/Aleatorio (Mu-P/A)
 Plazos de eliminación:
i. EN ARCHIVO DE GESTIÓN: A los 2 años las solicitudes denegadas.
ii. EN ARCHIVO CENTRAL: 15 años.
iii. EN ARCHIVO INTERMEDIO: No procede.
 Soporte de sustitución: No.
 Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.
 Plazos de permanencia:
JUSTIFICACIÓN

BOCM-20240201-24

PLAZO (años)