C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240201-24)
Tablas valoración series documentales –  Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban y se dan de baja las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, de las Universidades públicas madrileñas, de Entidades Locales madrileñas y de Corporaciones de Derecho Público madrileñas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 27

JUEVES 1 DE FEBRERO DE 2024

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apartados anteriores, con ocasión de la publicidad de los mismos.
d) Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban
ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación.
e) El resultado de la participación en los proyectos reglamentarios y demás
documentos que estén sujetos a participación pública, o en aquellos casos
en que no siendo preceptiva la misma se haya acordado someterlos a
información pública.
f) La relación actualizada de las normas que estén en curso, indicando su
objeto y estado de tramitación.
g) La relación de su normativa vigente, que se mantendrá
permanentemente actualizada y a disposición de la ciudadanía.
 Contenidos susceptibles de protección: No.
 Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y
modalidad de disociación de datos o acceso parcial): No.
 Medidas específicas de seguridad requeridas por la serie documental: No proceden.
II. SELECCIÓN








Selección de la serie: Conservación Permanente (CP).
Metodología de la selección: No procede.
Tipo de muestra: No procede.
Plazos de eliminación: No proceden.
Soporte de sustitución: No.
Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.
Plazos de permanencia:
PLAZO (años)
EN ARCHIVO DE GESTIÓN

5 años

JUSTIFICACIÓN
Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y
Documentos de la Comunidad de Madrid, art.
51.2.a)

EN ARCHIVO CENTRAL
EN ARCHIVO INTERMEDIO
 Observaciones: No proceden.

BOCM-20240201-24

III. RECOMENDACIONES AL GESTOR
 Control del cierre de los expedientes. Los sistemas o aplicaciones que se ocupen de la tramitación y
gestión de los documentos de estos expedientes tienen obligatoriamente que procurar, bien de forma
automática, bien de forma asistida, el cierre de los expedientes. El Esquema de Metadatos para la
Gestión del Documento Electrónico (e – EMGDE) contempla un metadato específico para recoger la
fecha de cierre del expediente, el eEMGDE4.2 – Fecha fin, cuya aplicación permitirá realizar el cálculo
del plazo de conservación de los expedientes y automatizar el proceso de selección. La
cumplimentación de este metadato conllevará a su vez el cambio de valor del metadato obligatorio
Estado, que pasará de “Abierto” a “Cerrado”. Se propone como desencadenante de cierre del
expediente la publicación de la norma aprobada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.