C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240201-24)
Tablas valoración series documentales –  Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban y se dan de baja las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, de las Universidades públicas madrileñas, de Entidades Locales madrileñas y de Corporaciones de Derecho Público madrileñas
30 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 27

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 151

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
DP4 – Otros datos de
carácter
personal
susceptibles de protección

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Artículo 15.3 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Artículo 35.3 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de transparencia y de participación de la
Comunidad de Madrid.

 Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y
modalidad de disociación de datos o acceso parcial): Sí.
 Anonimización de datos de carácter personal
 Seudonimización de datos de carácter personal
 Exclusión de documentos para acceso parcial: Documentos afectados por la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
 Medidas específicas de seguridad requeridas por la serie documental: No proceden.
II. SELECCIÓN
 Selección de la serie: Eliminación Parcial (EP).
 Metodología de la selección:

ƒ
ƒ
ƒ
ƒ
ƒ
ƒ
ƒ

Se conservará permanentemente el expediente de reunión del órgano colegiado obrante en la
secretaría del mismo o, en su caso, las actas, resoluciones y listados definitivos de adjudicatarios.
Se conservarán también todos los documentos elaborados como fin último de la subvención,
documentos justificativos que revistan la forma de Memoria, Estudio o Proyecto de Investigación,
Formación, Obras o cualesquier otras similares.
Se conservarán hasta su resolución definitiva los expedientes incursos en procedimientos judiciales.
Con carácter general, se eliminarán los documentos no contemplados en los apartados anteriores
que tengan más de 15 años de antigüedad desde la fecha de finalización del expediente,
conservándose como muestra un 1% de los mismos, hasta 1 caja por año.
Se eliminarán en el plazo de dos años todas las Solicitudes denegadas con su documentación
adjunta que no hayan generado derechos ni obligaciones por parte de los administrados ni de la
Comunidad de Madrid.
Esta selección se aplicará tanto a la documentación generada en papel como en soporte electrónico.
A los expedientes producidos por la Administración General del Estado les será de aplicación la
correspondiente tabla dictaminada por la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos.
La muestra seleccionada para su conservación permanente como testimonio de la serie documental
se transferirá al Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20240201-24

ƒ