C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240131-20)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 100/2024, de 18 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

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— El fomento del pleno ejercicio del derecho a la igualdad de trato, el respeto de la
dignidad de las personas, la protección contra cualquier forma de discriminación,
acto o conducta intolerante o discriminatoria basados en la orientación sexual,
identidad o expresión de género.
— La concienciación de la población en la importancia de la igualdad en todos los
ámbitos.
— El impulso de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento
de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad real y efectiva y el desarrollo empresarial.
— Impulsar la adopción de medidas para evitar el acoso sexual y por razón de sexo en
el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género en los entornos empresariales, y el empoderamiento y la facilitación del acceso al mercado laboral de las
mujeres víctimas de violencia de género.
— Facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas clave para impulsar su empleabilidad y para potenciar su visibilidad en el mercado de trabajo en igualdad de
condiciones que los hombres.
— Impulsar la conciliación y corresponsabilidad de las familias y crear empleo de calidad en el sector de los cuidados.
— Apoyo a la autonomía de las personas con discapacidad y enfermos mentales en
situación de vulnerabilidad social.
— Apoyo a las entidades sin ánimo de lucro para desarrollar proyectos orientados a
mejorar la calidad de vida y la empleabilidad de las personas con discapacidad.
— El bienestar de la población mayor de 65 años que vive en situación de soledad,
acompañando a aquellas personas mayores que no quieren pasar la Navidad solos
y no cuentan con la opción de pasarla acompañados.
— Fomentar que, desde los municipios y desde las entidades sin ánimo de lucro, se
desarrollen acciones formativas y de sensibilización que despierten interés en los
jóvenes y mejorar la capacitación de las personas que trabajan con jóvenes.
— Fomentar el ocio saludable de los jóvenes, mejorando su bienestar. Promover la
educación en valores y el crecimiento personal de los jóvenes.
— Potenciar el trabajo voluntario en beneficio de la comunidad, la movilidad y la formación de relaciones personales entre jóvenes de diferentes regiones y naciones,
trabajando valores de cooperación, solidaridad y tolerancia.
— Mejorar el equipamiento de los centros de juventud de las entidades locales, con el
fin de ofrecer alternativas de ocio saludable.
— Distinguir a los jóvenes que tengan una trayectoria de esfuerzo, superación, empatía y que, en general, se merezcan un reconocimiento por ser ejemplo para todos,
bien como partícipes y artífices de proyectos con gran impacto social o de proyectos que planteen soluciones novedosas con un marcado compromiso social o medioambiental.
7. Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados
Es posible establecer indicadores generales y específicos aplicables a todas las líneas
de subvención y ayuda:
Indicadores de carácter general:

— Importe del crédito ejecutado y porcentaje sobre el crédito disponible.
— Número de solicitudes presentadas.
— Número de solicitudes atendidas, en total y desglosadas por concepto, tipo de proyecto, tipo de actividad o tipo de centro o servicio, en su caso.
— Número de entidades, personas o familias subvencionadas.
— Número de beneficiarios, en total y desglosados por concepto, tipo de proyecto,
tipo de actividad o tipo de centro o servicio, en su caso.
— Grado de cumplimiento respecto a los objetivos previstos.
— Grado de satisfacción de los destinatarios.
2.

Indicadores específicos:

a) Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad
de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de

BOCM-20240131-20

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