D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240131-50)
Expropiación –  Orden 263/2024, de 23 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se inicia el expediente de ocupación temporal y se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de equipamiento y electrificación del pozo G-8 y su conexión a la arteria troncal”, en el término municipal de El Álamo (Expediente número 422. Entidad Beneficiaria: Canal de Isabel II)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

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cuyo término radiquen los bienes o derechos afectados, al objeto de su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”
para que sirva de notificación a los interesados desconocidos, de ignorado domicilio, o a los
que, intentada la notificación, ésta no se pueda practicar, de conformidad a lo previsto en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Tercero
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse durante diez
días, contados a partir del día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, en
el Área de Expropiaciones de Canal de Isabel II, previa cita en el teléfono 915 451 000, Extensiones 3391 y 3276, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.
Cuarto
Durante el período establecido, los interesados podrán formular cuantas alegaciones
estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 127.4.a del REF.
Se informa, conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre que, para
la realización de cualquier trámite del procedimiento:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante o con la entidad beneficiaria a través de medios electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad profesional
para la que se requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace
correspondiente del Portal Institucional de la Comunidad de Madrid:
— https://gestionesytramites.madrid.org
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la Oficina de Registro de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, 16, 28014 Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos, previo pago
de la tarifa correspondiente en este último caso.

BOCM-20240131-50

Quinto
Cumplimentado el trámite previsto en el punto Primero, resultará de aplicación lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la LEF para la determinación de la indemnización
estimada, intentándose por la Entidad Beneficiaria, antes de la ocupación, un convenio con
el propietario acerca del importe de la misma.
En Madrid, a 23 de enero de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, P. D. (Decreto 235/2023, de 6 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre de 2023), el Director General de Suelo,
Ramón Cubián Martínez.