D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20240130-33)
Convenio –  Adenda de 28 de diciembre de 2023, al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid plurianual 2021-2024 para el ejercicio 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 25

Teniendo en cuenta los límites máximos (+3 %) y mínimos (−3 %) establecidos en el
apartado 5.c) del Contrato programa, si la demanda acumulada real del período enero-noviembre se desvía hasta el 3 %, por exceso o por defecto, respecto a la prevista, la liquidación definitiva para ese período se realizará con el mismo porcentaje de la desviación sobre
los importes abonados en el período enero-noviembre.
En caso de que la desviación de la demanda real respecto de la prevista para el período enero-noviembre supere el 3 %, por exceso o por defecto, la liquidación definitiva estará limitada a dicho 3 % sobre los importes abonados en el período enero-noviembre.
Antes del día 15 de enero de 2025, y una vez comprobadas las cifras definitivas de cancelaciones, Metro emitirá una factura (cargo/abono) que regularice las cancelaciones tenidas
en cuenta en la liquidación provisional del mes de diciembre, liquidándose la demanda prevista para dicho mes ajustada al valor real de las cancelaciones efectuadas en el propio mes.
Teniendo en cuenta los límites máximos (+3 %) y mínimos (−3 %) establecidos en el
apartado 5.c) del Contrato programa, si la demanda acumulada real del mes de diciembre
se desvía hasta el 3 %, por exceso o por defecto, respecto a la prevista en dicho mes, la liquidación definitiva para ese período se realizará con el mismo porcentaje de la desviación
aplicado al importe previsto en la tabla anterior como pago para el mes de diciembre.
En caso de que la desviación de la demanda real respecto de la prevista para el mes de
diciembre supere el 3 %, por exceso o por defecto, la liquidación definitiva estará limitada
a dicho 3 % sobre el importe previsto de pago para el mes de diciembre.
Segunda

BOCM-20240130-33

Refiriéndose la presente Adenda a la ejecución de una previsión sobre el contenido
económico establecida en el propio texto del Contrato-Programa, el resto de condiciones
pactadas en el mencionado Contrato Programa vigente para el período 2021-2024 se mantienen inalteradas.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes
firman el presente documento.
Madrid, a 28 de diciembre de 2024.—Por el Consorcio Regional de Transportes, Jorge
Rodrigo Domínguez.—Por Metro de Madrid, S. A., Ignacio Vázquez Casavilla.
(03/649/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791