Mejorada del Campo (BOCM-20240129-70)
Organización y funcionamiento. Reglamento Centro Rafael Alberti
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

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— Gozar de una mayor libertad de movimientos posibles en las áreas de uso común
del Centro.
Ámbito:
El presente reglamento será de aplicación en el ámbito espacial y funcional del Centro
de Día Municipal de Mejorada del Campo “Rafael Alberti”, sito en la calle Ciudad de Berlín, número 1, 28840 Mejorada del Campo (Madrid).
El presente reglamento será de aplicación a las de personas usuarias de los servicios y
programas que se presten en el Centro al personal profesional de los servicios y programas,
así como al voluntario que opere en el centro.
A los efectos del presente reglamento se entiende por personas usuarias las destinatarias directas de la prestación o servicio y siempre que resulte pertinente por naturaleza del
derecho del que se trate las personas cuidadoras.
En el caso de las personas incapacitadas, se garantizará el ejercicio de sus derechos a
través de sus representantes legales en los términos previstos en la normativa vigente.
El centro dispondrá de un libro de registro de usuarios que deberá contener como mínimo:
— Número de usuario.
— Fecha de alta.
— Datos personales (nombre y apellidos, direcciones, teléfono de contacto, etc.).
— Número de DNI Y tarjeta sanitaria.
— Fecha baja y causa.
— Fichero socio-sanitario individual.
Fichero con historial clínico, en el que constará: controles de constantes y todo lo que
conlleve con su patología tales como:
— Tratamiento médico prescrito por su médico de cabecera o especialista.
— Administración medicación.
— Evolución.
— Detección de situaciones de riesgo.
— Seguimiento de patologías crónicas.
— Educación para la salud.
Capítulo II

Art. 5. Prestaciones.
Días y horario de la prestación del servicio:
El servicio se prestará durante todo el año de lunes a viernes, excepto festivos y los
días 24 y 31 de diciembre, en horario comprendido entre las 8:00 y las 19:00.
— Ruta de 8:00 a 10:00 y de 17:00 a 19:00.
— Atención en Centro de 8:30 a 18:30 (recepción de 8:30 a 10:30).
Manutención:
El servicio de manutención se compone de desayuno, comida y merienda. Los menús
deberán ser supervisados por un médico debiendo garantizar el aporte calórico y dietético
adecuado.
Se deberá disponer de un menú basal/ordinario y otros de régimen para los/as usuarios/as que lo precisen. Los menús deberán ser conocidos por los usuarios/as con una antelación mínima de 24 horas.
Se deberá prestar la ayuda personal necesaria a los usuarios/as que lo necesiten, a través de ayudas técnicas destinadas a tal fin.
Régimen económico de manutención:
La consejería a través de la Dirección General del Mayor fijara el pecio del servicio de
comedor, así como las actualizaciones que procedan.
Cuidado personal, control y protección:
Apoyo personal y demás actividades de la vida diaria y para la movilización de los
usuarios/as a fin de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuados.

BOCM-20240129-70

Prestaciones y precios