D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240129-41)
Convenio –  Convenio de 15 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Fundación FITA, para colaborar en el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 24

Cuarto
La Comunidad de Madrid no cuenta en la actualidad con recursos para proporcionar
alojamiento, manutención y acompañamiento educativo a todos aquellos jóvenes procedentes del sistema de protección que requieren una especial atención en virtud de las circunstancias descritas, si bien en la práctica existen entidades de la iniciativa social que cubren
esta faceta, destacando en este sentido el Programa de Alojamiento y Acompañamiento
educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad
en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de
protección, desarrollado por FITA, por lo que la confluencia con la labor desarrollada mediante este Programa por esta Fundación resulta de una ayuda inestimable para una mayor
eficacia en la consecución del bienestar social de la infancia y la adolescencia y en la preparación para la vida independiente para jóvenes bajo medida de protección.
El perfil de las plazas objeto del convenio suscrito con la Fundación FITA difiere sustancialmente, en este sentido, del de los jóvenes atendidos bajo el amparo del Acuerdo Marco que fija las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos de servicios para la gestión del “Acompañamiento educativo y alojamiento para jóvenes de 18 a 21 años en grave
riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de protección de la Comunidad de
Madrid”, y el número de plazas conveniadas con FITA para atender menores con este perfil se ha ido demostrando demasiado ajustado e incluso escaso ante el incremento de jóvenes con problemas de salud mental procedentes del sistema de protección.
Quinto
La Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y Adolescencia de la Comunidad de Madrid, determina como uno de sus objetos la
regulación de la colaboración con las entidades del tercer sector de acción social [artículo 2.d)], configurándose como uno de los principios rectores de la actuación administrativa
en este ámbito el establecimiento de actuaciones de carácter integral, trasversal y universal,
posibilitando espacios de colaboración administrativa en tal sentido. El Capítulo V del Título II de la Ley, bajo el epígrafe “De la promoción de la iniciativa social para la protección
de la infancia y la adolescencia”, establece que la Comunidad de Madrid, en el ámbito de
sus competencias, fomentará el desarrollo de la iniciativa social en actividades relacionadas con la protección y promoción de los derechos de la infancia y la adolescencia, pudiendo llevar a cabo para ello, entre otras funciones, el fomento de iniciativas que contribuyan
a proteger de la violencia a los menores y a salvaguardar los derechos de la infancia y adolescencia, pudiendo para ello establecer convenios de colaboración y conciertos con las
mencionadas entidades (artículo 60). En el artículo 61 de esta Ley se indica, asimismo, que
en colaboración con la sociedad civil y la iniciativa privada, las Administraciones adoptarán planes y programas relativos a aquellas cuestiones que pueden afectar a los niños y, en
particular, la evitación de conductas que supongan cualquier forma de violencia contra los
niños, la elaboración y suscripción de mecanismos de garantía de entornos seguros para los
niños en toda institución o entidad cuyo objeto social esté relacionado con la infancia y la
adolescencia.
Por todo lo expuesto, es preciso considerar la colaboración con estas entidades de la
iniciativa social que, compartiendo objetivos, pueden contribuir a desarrollar acciones, aunar esfuerzos y reunir recursos que redundan en una mejora de la coordinación y coherencia de la intervención, tanto de la administración como del tercer sector.

Que la Fundación FITA, es una organización sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, que, de acuerdo con sus Estatutos persigue, entre otros, los
siguientes fines, de prevención, divulgación, investigación, formación y asistencia en relación con los trastornos de conducta, de personalidad, de conducta alimentaria y cualquier
otra patología de salud mental:
— Creación y mejora de programas de prevención de los síntomas de alerta y factores
de riesgo sobre los mencionados trastornos, basados en los valores personales de
la infancia y juventud, así como otros problemas psicopatológicos asociados a estas edades.
— Concienciar a los colectivos profesionales, asociaciones e instituciones acerca de
la labor preventiva y reparadora que pueden desarrollar en relación con esta problemática, directa o indirectamente.

BOCM-20240129-41

Sexto