D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240129-41)
Convenio –  Convenio de 15 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Fundación FITA, para colaborar en el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

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La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid supondrá un coste total de 214.110
euros (IVA exento) con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2025.
Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de
lo estipulado en el apartado 9 de la cláusula tercera del presente convenio, participando en
un 69,23 % del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del convenio. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas (vestuario, abono trasporte…) y personal presencial cualificado para la atención por la especial
vulnerabilidad psicológica que presentan los jóvenes. Todo ello, adicionalmente del apoyo
técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás
compromisos recogidos en la cláusula segunda.
Por su parte, la Fundación FITA aportará al proyecto medios humanos y materiales por
valor de 95.160 euros, IVA exento.
La aportación de la Fundación FITA en cumplimiento de los compromisos adquiridos
en virtud de la cláusula cuarta del convenio, de conformidad con lo descrito en la cláusula
primera, se destinará a sufragar gastos de personal, instalaciones, medios materiales, bienes
y suministros necesarios para la prestación del servicio, participando así en un 30,77 % del
coste total del programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18
a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin
discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de
Madrid, objeto del Convenio.
Novena
plazos de pago
El abono de las cantidades que corresponden a la Comunidad de Madrid se realizará
de acuerdo con las siguientes condiciones:
1. Los pagos se realizarán a través de certificaciones parciales de periodicidad mensual, relativas al desarrollo de las actividades objeto del Convenio, con relación nominal de
los jóvenes atendidos firmada por el director de la Entidad.
2. Los justificantes de los gastos quedarán en poder de Fundación FITA y a disposición de la Comunidad de Madrid.
3. En caso de que el coste total fuese superior a las cantidades indicadas en la cláusula octava, la Comunidad de Madrid, únicamente se compromete a aportar, como máximo, las cantidades a que se obliga en este convenio. Si las cantidades abonadas por la totalidad del proyecto al final son inferiores a lo presupuestado deberá disminuir la aportación
realizada por la Comunidad de Madrid de forma proporcional a la participación establecida en la cláusula octava.
4. La aportación de la Comunidad de Madrid, se efectuará mediante transferencia
bancaria a la cuenta corriente de la Fundación FITA.
Décima
Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento con el fin de velar por el cumplimiento de los objetivos del presente convenio y para el seguimiento, control y supervisión
de las actuaciones que se realicen al amparo del mismo, así como la resolución de cuantas
dudas y discrepancias surjan respecto de su interpretación.
Dicha Comisión estará integrada por dos representantes de cada una de las partes. Por
parte de la Comunidad de Madrid, uno de ellos será, necesariamente, un técnico del Área
de Centros de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, quien
a su vez ejercerá la función de Secretario de la Comisión. El Presidente/a de la Comisión
de Seguimiento será la Subdirectora General de Protección a la Infancia o persona en quien
delegue.
La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos dos veces en cada año natural, debiendo reunirse, de manera constituyente, en el plazo de un mes desde la firma de este
convenio.

BOCM-20240129-41

Comisión de seguimiento