D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240127-21)
Convenio –  Convenio de 18 de diciembre de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico, en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “San Lorenzo de El Escorial. Fase I”, en el municipio de San Lorenzo de El Escorial, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 23

nalización de la actuación y que se han cumplido todos los requisitos establecidos
para proceder al abono de la ayuda, en particular, los establecidos en el artículo 18 del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre:
a) Haber finalizado completamente la obra de rehabilitación, lo que se acreditará
con la aportación del correspondiente certificado de final de obra.
b) Tener el certificado de eficiencia energética de los edificios o de las viviendas
unifamiliares ya finalizados o finalizadas emitido, realizado con el mismo
programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado previo a la intervención, firmado por el técnico competente y debidamente registrado en la administración competente, que confirmen los objetivos de ahorro
en consumo energético comprometidos.
— Entregar a los solicitantes, una vez autorizado el pago por la Comunidad de
Madrid, en el plazo máximo de 45 días desde la comprobación señalada en el párrafo anterior, la subvención concedida.
— En relación con los incumplimientos en los que hubieran incurrido los beneficiarios
de las obligaciones previstas en la convocatoria, realizar los trámites oportunos en
orden a declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención o su reintegro.
— Remitir a la Dirección General con competencias en materia de vivienda la relación de todos los beneficiarios de las subvenciones concedidas con sus importes
abonados y comprobantes de abono de las actuaciones realizadas.
La Comunidad de Madrid, previa justificación de los compromisos adquiridos en virtud del presente convenio por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, se obliga a
dar cumplimiento a todos los compromisos recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre, y en particular a verificar previamente al abono de la subvención, la finalización
de las actuaciones y el cumplimiento por parte de los destinatarios últimos de las ayudas
objeto de la subvención y de los requisitos establecidos en el referido Real Decreto, recabando, para ello, la documentación acreditativa que sea necesaria del Ayuntamiento de San
Lorenzo de El Escorial.
Decimotercera

1. El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial será perceptor de las ayudas para
la mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda, debiendo distribuirlos de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre, y lo dispuesto en la convocatoria.
2. En el supuesto de inejecución total o parcial de las actuaciones objeto de subvención o de incumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que conlleva la
percepción de las subvenciones, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial deberá reintegrar a la Comunidad de Madrid el saldo que resulte de la diferencia entre los fondos percibidos y los finalmente abonados.
3. El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial procederá a la apertura de una
cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos públicos percibidos.
4. Con cargo a los fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, mediante las resoluciones de transferencias de 26 de octubre de 2021 y 28 de
octubre de 2022, se financiarán las ayudas para la mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial para vivienda, que se otorgarán por el procedimiento de concurrencia no competitiva, y cuyo crédito asciende a un importe total de 2.552.520,00 euros.
5. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo número 17 de Comisión Bilateral,
de 8 de febrero de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y, de
acuerdo con el artículo 15.2. del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, para financiar el
coste de las actuaciones para la mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante
residencial para vivienda, la cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar
los límites resultantes que se describen a continuación:

BOCM-20240127-21

Entrega de fondos por la Comunidad de Madrid al Ayuntamiento
de San Lorenzo de El Escorial para las ayudas para la mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda